Si durante el período de dominio local de las Juntas revolucionarias de 1868 no hubo apenas reacción eclesial, esto cambió completamente a partir de la instauración del Gobierno Provisional, pues la mayor parte de los prelados españoles comprendió, tras el desconcierto inicial, la necesidad de organizarse para hacer frente a los decretos que he mencionados en anteriores intervenciones. Entre el 22 de octubre y el 27 de noviembre muchos arzobispos y obispos enviaron escritos de queja al ministro de Gracia y Justicia Antonio Romero Ortiz o a Francisco Serrano como jefe del Gabinete.
Las protestas del episcopado español se publicaron en la prensa católica conservadora, con la intención de hacer publicidad entre los católicos más sensibles a los cambios que se estaban efectuando. El periódico religioso y confesional La Cruz publicó textualmente todas estas reclamaciones. Sus firmantes, las fechas las disposiciones protestadas son las que se adjuntan en este cuadro:
El tono de estos escritos de protesta de los prelados fue siempre muy respetuoso, prescindiéndose de apreciaciones de carácter político. El cuadro muestra cuáles eran las principales preocupaciones de arzobispos y obispos ante los decretos del Gobierno Provisional, destacando las protestas contra la supresión general de órdenes religiosas de 18 de octubre, especialmente en lo relativo a la expulsión de monjas de sus conventos y, en menor medida, la oposición a libertad de cultos anunciada por el Gobierno en el manifiesto “A la Nación” del día 26 de octubre, en el que se afirmaba que la más importante de todas las manifestaciones del espíritu público expresadas en la revolución, por la alteración esencial que introducía en la organización secular de España, era la relativa al planteamiento de la libertad religiosa. Menor incidencia tuvieron las quejas por la supresión y expulsión de los jesuitas, la supresión de las Conferencias de San Vicente y la suspensión de los presupuestos correspondientes a los seminarios conciliares, siendo poco discutidas por los prelados las libertades de imprenta, enseñanza y asociación.
ANTONIO ROMERO ORTIZ, EL PRIMER MINISTRO
DE GRACIA Y JUSTICIA DEL SEXENIO DEMOCRÁTICO
La primera protesta ciudadana fue la enviada el 15 de octubre por unas señoras de Sevilla. Les siguieron, entre otras, la remitida por 746 vecinos de Astorga el 21 de octubre protestando contra el decreto citado de supresión de órdenes. Desde Pamplona, 663 personas pidieron el 23 de octubre que no se tomara ninguna resolución contra la unidad religiosa hasta la reunión de Cortes y que se suspendiera el decreto de supresión de órdenes religiosas de 18 de octubre. Un número indeterminado de señoras de Écija se dirigió el 24 de octubre a Serrano para protestar contra el mismo decreto. El 27 de octubre se envió desde Orihuela otra protesta, también contra la supresión de órdenes religiosas. El día 29 de octubre 516 señoras de Madrid dirigieron a Serrano un escrito contra los derribos de conventos, la supresión de comunidades religiosas y la construcción anunciada de sinagogas judías y capillas protestantes. También el 29 de octubre algunas segovianas subscribieron un escrito dirigido a Serrano pidiéndole la revocación del decreto de supresión de órdenes religiosas. Casi todos estos escritos estaban firmados por mujeres y todos se referían concretamente a las monjas al protestar contra la supresión de las órdenes religiosas.
FRANCISCO SERRANO
La pregunta que se plantea ahora es hasta qué punto fueron eficaces las muestras de descontento hacia las medidas laicistas gubernamentales. Si nos atenemos a las disposiciones oficiales, habría que contestar categóricamente, que las protestas no surtieron el menor efecto, pues no hubo ni un solo decreto que fuera anulado. Sin embargo, en la práctica, la supresión de conventos de monjas quedó suspendida. Vicente Cárcel Ortí afirma que Juan Álvarez Lorenzana, ministro de Estado, confesó al nuncio Franchi que Romero Ortiz, ministro de Gracia y Justicia, se mostró pronto "arrepentido de las medidas tomadas, en particular contra las monjas y los seminarios" y también de la supresión de las conferencias de San Vicente, que pronto serían sustituidas por otras instituciones similares. Añade Cárcel que las circulares enviadas a los gobernadores son una prueba de la marcha atrás del ministro, pues les indicaba que "no ejecutaran rigurosamente el decreto de reducción de conventos de monjas”. Por otra parte, a los jesuitas se les hizo saber que podían regresar a sus colegios de enseñanza, con la condición de que no vistieran el habito religioso.
En Cádiz, la cuestión de la supresión de órdenes religiosas quedó, efectivamente, paralizada en lo referente a los conventos de monjas, que eran en realidad los únicos que ya no estaban suprimidos. Recuérdese que eran los de Nuestra Señora de la Candelaria (de agustinas calzadas), Santa María (de franciscanas concepcionistas calzadas) y Nuestra Señora de la Piedad (de franciscanas agustinas descalzas).
SANTA MARÍA
El 28 de noviembre de 1868, se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz una circular del gobernador de la provincia que daba normas para proceder a la exclaustración de monjas. Como la supresión de 18 de octubre de 1868 se refería a la mitad de los conventos, los alcaldes debían proponer al gobernador qué conventos de su localidad debían suprimirse. En el caso de Cádiz, el Ayuntamiento provisional no hizo absolutamente nada al respecto. En abril de 1869, el alcalde republicano Rafael Guillén Estévez solicitó al gobernador civil la entrega de algún convento de monjas. Tuvo lugar una reunión de concejales con el gobernador civil y este les comunicó que no podía acceder a la entrega porque aún no se había procedido a la incautación. La contestación era una excusa, ya que la condición para que se produjera la incautación era precisamente que los Municipios le informasen de sus necesidades y eso era lo que estaba haciendo el de Guillén. Ante la negativa, el Cabildo Municipal se limitó a pedir al gobernador que una vez obtenida la propiedad de estos bienes, fuesen entregados al Municipio, cosa que no nunca sucedió.
Cuando se produjo, en 1873, la incautación y derribo de La Candelaria, Salvochea ni siquiera hizo mención al decreto de supresión de órdenes, limitándose a enfocar la cuestión como un problema de seguridad pública ante el mal estado del edificio
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REFERENCIAS:
Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, número 275 de 28 de noviembre de 1868. Circular número 107.
VICENTE CÁRCEL ORTÍ, Iglesia y revolución en España (1868-1974), Universidad de Navarra (EUNSA), 1979, pp. 144-5.
Gaceta de Madrid, orden del ministro de la Gobernación (Sagasta) número 325 de 20 de noviembre de 1868.
JESÚS JERÓNIMO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, “La Sociedad Española ante la libertad religiosa 1869. Valoración cuantitativa” en Hispania Sacra, 39: 79 (1987), pp. 242-8 y 269-76.
LEÓN CARBONERO y SOL, La Cruz, tomo II, Sevilla, Imprenta de A. Izquierdo, 1868, pp.439-498.
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