viernes, 2 de octubre de 2020

Fundación del Cementerio de los Ingleses de Cádiz

Desde que en 1680 se determinó que todos los barcos que iban de España hacia América debían salir exclusivamente del puerto de Cádiz y sobre todo desde el traslado de la Casa de la Contratación de Indias en 1717, la ciudad se convirtió en un importante lugar de tránsito y residencia de numerosas personas procedentes de otros países. No parece necesario aclarar que, no obstante, la incidencia del protestantismo en la ciudad tenía que ser forzosamente muy escasa. 

En 1791 se confeccionó en la ciudad una “matrícula de extranjeros” cuyo fin era obligar a los foráneos residentes a convertirse al catolicismo en caso de practicar otra religión. Según dicha matrícula, en Cádiz vivían 5161 extranjeros, de los cuales solo 126 varones se declararon protestantes, cantidad que ascendía a 146 si  se contaban sus esposas e hijos.

Dos años después, en 1793, tenía lugar la expulsión de la ciudad de todos los protestantes, quedando obligados los residentes extranjeros a profesar la religión Católica. No obstante, no cabe duda que una ciudad como Cádiz, con una colonia extranjera importante, debido a su carácter comercial, debía albergar un número relativamente significativo de protestantes encubiertos. 

Es probable que, en el caso de los ingleses, la intolerancia religiosa en su contra se templara de alguna forma a causa de su importante colaboración con España durante la contienda contra Napoleón. Esa circunstancia pudo pesar en la decisión de Fernando VII, que el 13 de noviembre de 1831 dio el primer paso para que se pudieran constituir cementerios anglicanos en España, con la promulgación de una real orden que expresaba que no había ningún impedimento para que los ingleses adquirieran terrenos para edificación de camposantos. 

En Cádiz, el 28 de noviembre de 1832, el gobernador militar cedió al cónsul de S.M. Británica cien varas de terreno en extramuros, con destino a un camposanto para los ingleses protestantes. 

Pero la inauguración del cementerio de los ingleses no se llevó a cabo hasta diez años después, en noviembre de 1842, cuando un nuevo obispo anglicano llegó a Gibraltar. Se trataba de George Tomlinson, que se había formado en Cambridge, donde fundó, en 1820,  la sociedad secreta Los Apóstoles de Cambridge. Después de ordenarse sacerdote en 1822, fue entre 1831 y 1842 secretario de la Society for Promoting Christian Knowledge (Sociedad para la Promoción del Pensamiento Cristiano).


    
GEORGE TOMLINSON, 
ANTES DE SER OBISPO DE GIBRALTAR

Era el primer obispo anglicano de la Diócesis de Gibraltar (también denominada Diócesis de Europa, pues, con su catedral en Gibraltar -La Santísima Trinidad- abarca Marruecos, Europa, Turquía y la Antigua Unión Soviética), que acababa de ser creada el 29 de septiembre de ese mismo año. El retraso que se observa entre los momentos en que Fernando VII aprobó la edificación de cementerios (1831) y el cónsul británico en Cádiz compró los terrenos correspondientes (1832), por una parte, y la consagración del cementerio de Cádiz (1842), por otra, se justifica probablemente en que se estuvo esperando la llegada de una autoridad religiosa de nivel adecuado para practicar la consagración.

The Ecclesiastical Gazette. Or monthly register of the affairs of the Church of England, and of its religious societies and institutions, from July 1842 to June 1843, núm. 54 del vol. V, London, Charles Cox, 1843,  en su número correspondiente al 13 de diciembre de 1842 (páginas 119 a 125 del volumen), comunicaba que el obispo había sido entronizado en Gibraltar el día 6 de noviembre y había hecho notar en su sermón que la iglesia Anglicana era una "rama integral de la iglesia Católica".

Respecto a esta última afirmación, hay que decir que se trata de un punto de vista defendido siempre por los anglicanos. Por ejemplo, William Gladstone, primer ministro de Inglaterra entre 1868 y 1874, decía que la Iglesia de Inglaterra era una “rama nacional de la Iglesia Católica” (En COWLLING, M., Religion and public doctrine in modern England, Volume II: Assaults, Cambridge University Press, 2003, p. 80). Actualmente, la Iglesia Anglicana Federal se define como Católica, aunque no romana, y Evangélica, aunque no protestante.

El nuevo obispo estuvo en Cádiz entre el 10 y el 24 de de noviembre de 1842. El mismo día de su llegada, consagró el nuevo cementerio destinado a los ingleses. La ceremonia se efectuó en privado, pues así lo ordenaba la real orden que autorizaba los cementerios, que prohibía además que se erigiese iglesia o capilla y que se exhibiesen símbolos religiosos. 


La Gaceta Eclesiástica hacía un comentario que resulta muy significativo de los problemas habían estado teniendo los no católicos a la hora de ser enterrados en Cádiz:  

"It will be a source of consolation to the friends of those who may be buried here to think that their bodies will now be suffered to rest in consecrated ground, instead of being, as formerly, thrust perpendacularly into a hole in the shore bellow high-water mark"


(“Será un motivo de consuelo para los amigos de aquellos que puedan ser enterrados aquí -en Cádiz-, pensar que sus cuerpos descansarán ahora en suelo consagrado, en vez de ser, cómo hasta ahora, arrojados en la playa dentro un hoyo por debajo del límite de la pleamar”).

Tomlinson, nacido en 1794, seguiría ejerciendo como obispo de Gibraltar hasta su fallecimiento en febrero de 1863, precisamente el mismo año que fray Félix María de Arriete y Llano era elevado a la silla episcopal de Cádiz .




NÚMERO DE LA GACETA ECLESIÁSTICA QUE NOTICIA 
LA CONSAGRACIÓN DEL CEMENTERIO DE LOS INGLESES EN CÁDIZ

El cementerio de los ingleses se ha mantenido abierto hasta los años ochenta del siglo XX, tras diversas vicisitudes, que serán relatadas en próximos artículos. 

MÁS INFORMACIÓN EN MI ARTÍCULO (PDF, DESCARGA GRATUITA):
http://e-spacio.uned.es/fez/eserv/bibliuned:ETFSerieV-2012-24-6065/Documento.pdf

jueves, 1 de octubre de 2020

Derribo del convento gaditano de La Candelaria

PLAZA DE LA CANDELARIA, 
ZONA QUE OCUPABA EL CONVENTO

     Desde la proclamación de la república, fray Félix, el prelado gaditano se encontraba en Jimena de la Frontera, realizando su segunda visita pastoral, que había de llevarle por Tarifa, Algeciras, San Roque y Los Barrios, no regresando a Cádiz hasta septiembre de 1874. Esta visita pastoral ha sido interpretada por algunos autores como una excusa del obispo para retirarse de la capital de la Diócesis en momentos que se preveían difíciles. No obstante, hay que tener en cuenta que fray Félix siempre puso su misión pastoral por encima de otras circunstancias. Así lo demuestra el hecho de que no limitó su estancia en el Campo de Gibraltar a la etapa de Salvochea, sino que se mantuvo en dicha zona hasta varios meses más tarde. El 24 de febrero de 1873 fray Félix había designado al arcipreste Sebastián Herrero Espinosa de los Monteros como gobernador eclesiástico, por haberse ausentado también de la capital el canónigo Vicente Roa. Pero muy pronto tendría que sustituir también a Herrero como gobernador eclesiástico para encargar a Fernando Hüe del difícil cometido de luchar contra las medidas laicistas municipales. 

      La primera medida que tomó Fermín Salvochea tras ser elegido alcalde en marzo de 1873 fue la de expulsar a las monjas agustinas del convento de Nuestra Señora de la Candelaria y ordenar el derribo del edificio así como el de su templo, que estaba abierto al culto. El mismo día de instalación del Cabildo Municipal, el 22 de marzo, el alcalde envió una comunicación escrita a Herrero informándole que una comisión municipal iba a visitar el lunes 24 de marzo los conventos de la Candelaria y Santa María. El día 23, Herrero contestó que había dado las órdenes oportunas, pero necesitaba saber a qué hora se iba a efectuar la visita. Inmediatamente,  recibió una breve respuesta comunicándole que la comisión y arquitecto pasarían por los conventos a la una y media en punto.

       El mismo día 24 de marzo ya había entregado el arquitecto municipal al alcalde un informe sobre el estado del edificio de La Candelaria. De él se extraía la conclusión de que era imprescindible el derribo de algunos muros y habitaciones que se apoyaban en ellos, pero del resto solo se certificaba que se necesitaban obras de conservación. Concretamente, se informaba que era indispensable efectuar la demolición de los muros sobre los que se apoyaban algunas celdas de las monjas en la primera planta, que no eran usadas “por considerarlas la misma comunidad en estado ruinoso y riesgo inminente el habitarlas”. Asimismo, el muro interior correspondiente a la calle Bilbao y su fachada se encontraba “en muy mal estado, por lo que también debería demolerse”. Sobre las demás partes del edificio, el arquitecto solo expresaba que se había observado una  “falta de obras de conservación”.

       Pero la decisión de derruir todo el edificio estaba tomada desde antes de la visita del arquitecto. La Comisión de Fincas Ruinosas, a cuyo frente estaba el alcalde, comunicó el 25 de marzo que, “la mayor parte del edificio” se encontraba “en completo estado de ruina”. Se decidió dirigir un nuevo oficio al gobernador eclesiástico para que en el término de cuarenta y ocho horas se despejase “el edificio por las personas que lo habitan”. Los miembros de la corporación evitaban referirse explícitamente a una exclaustración de monjas, buscando con ello que la medida no fuese interpretada como un efecto del decreto de supresión de casas religiosas de 18 de octubre de 1868, tratando así de evitar que el Estado se apropiase del convento. Preferían hablar de “personas en peligro” que debían desalojar un edificio, fórmula que denotaba el laicismo de los ediles y al mismo tiempo resultaba más conveniente para los intereses municipales. La Comisión fue autorizada para ejecutar inmediatamente en el convento las alteraciones que estimase necesarias para la seguridad pública. Estas “alteraciones” se resumían en el derribo completo del edificio, como se comprobará a continuación.

      El 26 de marzo a las once de la mañana Herrero recibió el oficio del Ayuntamiento y contestó inmediatamente a Salvochea mostrándole su total disconformidad con el informe del arquitecto municipal. Solo reconocía el estado de ruina de uno de los muros exteriores del convento de la Candelaria y participaba que estaba dispuesto a proceder inmediatamente a la reparación de esa parte “contribuyendo así a facilitar trabajo a las clases obreras de esta ciudad”. Había dado ya las órdenes oportunas para establecer una separación entre la parte que debía repararse y el resto del edificio, en el que podía seguir, en su opinión, residiendo la comunidad, “quedando de este modo a salvo la clausura canónica”. Si esto no fuese aceptado por el Municipio, el gobernador eclesiástico se reservaba designar un arquitecto para que procediera a reconocer el edificio y extendiera “su dictamen para los fines que la legislación vigente prescribe”.

     El mismo día 26, Salvochea contestó a Herrero lacónicamente: “Sólo debo manifestarle que se atenga en un todo a lo que le digo en la comunicación que recibió V. a las once de la mañana de hoy”. El gobernador eclesiástico, que pronto abandonaría Cádiz, no tuvo más argumentos por presentar y cedió ante el temor por los disturbios que pudieran producirse. El 27 de marzo escribió al alcalde expresándole que le constaba “por manifestación de personas fidedignas, el inminente riesgo de graves perturbaciones” si no se desalojaba el edificio en el plazo indicado y que por ese motivo había dado las órdenes oportunas para que se realizase la “evacuación”. Evitó usar la palabra “exclaustración”, tratando con ello de seguir el argumento municipal de que se trataba de evitar un peligro para las monjas,  con la esperanza de que, una vez subsanado el problema, estas podrían regresar. Pero nada de esto entraba en los planes de Salvochea.

     En vez de una nueva réplica de Salvochea, el gobernador eclesiástico recibió el 28 de marzo la orden de recoger todos los objetos sagrados del templo del convento, con la intención explícita de derribarlo también. Se había procedido ese día al desalojo de las monjas y ya habían comenzado los trabajos de derribo del convento. El arquitecto municipal había comunicado a Salvochea que, al efectuar trabajos en las cubiertas, había visto confirmado que la armadura que cubría el mirador de la nave de la iglesia estaba en tal mal estado que exigía su demolición. El gobernador eclesiástico contestó a Salvochea que la Alcaldía debía comprender que era su deber protestar contra esa determinación municipal, que lastimaba los derechos de la Iglesia y conculcaba, a su juicio, los que se tenían al amparo de la legalidad vigente. A continuación, manifestó al alcalde que estaba dispuesto a proceder a desalojar la iglesia, pero que esperaba de su cortesía que al menos le diese algún plazo, pues aunque se trabajase sin descanso, se necesitaban al menos dos o tres días para extraer los altares, imágenes y demás enseres del templo.

    La prensa católica conservadora gaditana se movilizó enseguida en contra de la medida municipal. Desde El Comercio (portavoz del Partido Moderado, de la Asociación de Católicos y de los denominados "neocatólicos") se expresaba que los católicos no esperaban que los republicanos federales de Cádiz rindiesen culto a sus  creencias, pero les pedían que fueran consecuentes con sus ideas y respetasen en los que no eran republicanos las libertades absolutas y derechos individuales que tantas veces habían reclamado para ellos, así como para todas las opiniones y para todas las creencias. Las “santas mujeres” que ocupaban el convento de la Candelaria, “inofensivas por su sexo y por su alejamiento del mundo y de toda clase de intereses profanos”, tenían derecho, desde el punto de vista de las libertades que defendían los republicanos, “para vivir en clausura, consagradas a Dios y a la práctica de las virtudes cristianas”. Los católicos conservadores conocían la razón que daban los munícipes para desalojar a las monjas de su convento, pero defendían que no se trataba más que de un pretexto para destruirlo, “pasando por encima de unos derechos indiscutibles” desde su punto de vista. El 26 de marzo una manifestación de señoras había estado durante “todo el día en movimiento dirigiéndose de una parte a otra en demanda de justicia”. Eran “varios centenares de damas, entre las cuales se veía todo lo más distinguido de la buena sociedad gaditana”. Habían acudido a las casas capitulares para pedir al alcalde que revocase la orden de desalojo de La Candelaria, pero sus gestiones no obtuvieron ningún resultado. 



GRABADO REPRESENTANDO LA MANIFESTACIÓN
DE DAMAS  CONTRA EL DERRIBO

      Los republicanos de La Soberanía Nacional informaron a sus seguidores que las señoras de la manifestación habían invadido desordenadamente el Ayuntamiento, dando “gritos de despecho movidos por el fanatismo religioso”, lo cual se encargó de rebatir El Comercio informando a los suyos que solo había subido una comisión de señoras a parlamentar con el alcalde, permaneciendo el resto en el patio de entrada, sin producirse gritos ni otras alteraciones del orden.

    Por la noche del día 26 de marzo, una comisión municipal se había reunido con el gobernador eclesiástico, no logrando el último ni siquiera el retraso del plazo señalado, que según su opinión, era insuficiente y hacía casi imposible sacar del convento los utensilios y enseres que contenían en cuarenta y ocho horas. Los miembros de la Asociación de Católicos de Cádiz habían estado reunidos también el día 26 en junta extraordinaria para acordar los recursos necesarios y medios legales que procedieran para recurrir contra el acuerdo municipal.

      El desalojo de las monjas se realizó el 28 de marzo. Los católicos de Cádiz daban por consumada la primera parte de los propósitos municipales sobre el convento e iglesia y auguraba que pronto se cumpliría la segunda: “La piqueta revolucionaria recibirá pronto el impulso para convertir el templo en ruinas”. La fecha del cierre fue evaluada por los clericales como un “día de verdadero luto para los católicos”. Las señoras que habían celebrado la manifestación del día 26 participaron en una ultima liturgia en el templo del convento. El Sagrario se trasladó a continuación al cercano convento de Nuestra Señora de la Piedad, de franciscanas concepcionistas descalzas, entre la conmoción de los numerosos espectadores, pues “no se oían más que sollozos mal reprimidos y aun hubo personas a quienes fue preciso retirar, acometidas por accidentes producidos por los mismos esfuerzos que hicieron para reprimirse. Hombres y mujeres, eclesiásticos y seglares, todo el mundo lloraba”. En contraste con el pesar de los católicos, los republicanos, “para dar digno remate a la obra”, organizaban entre tanto una protesta contra la manifestación de señoras del día 26 y “unas doscientas personas de ambos sexos recorrían la ciudad con una banda de música y unas banderas en las cuales se leía el lema de ¡Abajo los conventos!”.




PÁGINA DE EL COMERCIO EN LA QUE SE NOTICIA EL DESALOJO DE LAS MONJAS DE LA CANDELARIA

El Comercio hacía alusión a esta manifestación de hombres y mujeres contra el convento, realizada simultáneamente a su abandono, para que sirviera de contraste con el dolor de los fieles, pero obviaba la que tuvo lugar el día 27, formada exclusivamente por mujeres. A primeras horas de ese día el templo de La Candelaria se había cerrado ante el número de personas que se acercaban por sus inmediaciones. Por la mañana, las mujeres republicanas del Círculo Mariana de Pineda, acompañadas por la banda de música del hospicio, desfilaron por la ciudad daño gritos de “Abajo los conventos” y cantando el “Trágala” (la canción que entonaban los liberales en Cádiz para humillar a los absolutistas desde el levantamiento de Riego). Se dirigieron al edificio municipal, donde fueron recibidas por el alcalde y varios concejales. Margarita Pérez de Celis, en nombre del círculo, hizo entrega de un escrito a favor de la ejecución del acuerdo municipal, reanudando a continuación su recorrido y pasando por delante del convento dando gritos de “Abajo Candelaria”. El escrito entregado al Ayuntamiento decía:

"A los ciudadanos que componen el Ayuntamiento Popular de esta ciudad. Habiéndose presentado en el día de ayer una manifestación de un centenar de señoras aristócratas hipócritamente por la influencia de los curas, a pedir que no se haga el derribo del convento de Candelaria, que está ruinoso y denunciado; Y nosotras conociendo la dañada intención con que se han presentado dichas señoras a pedir a esa digna corporación una cosa tan injusta, indigna de una población culta, pedimos que no tan solo se derribe el convento en cuestión, sino que todos los que existen, por ser estos establecimientos de ninguna utilidad a la sociedad, a la religión y a los adelantos del siglo diecinueve; esperando lo hagan con toda rectitud por ser de justicia. Salud y República Federal Social".

La conmoción entre gran parte de los católicos gaditanos por la exclaustración de la Candelaria fue enorme. Francisco Mateos-Gago, catedrático de Teología y decano de la Facultad de Filosofía de la Universidad Literaria de Sevilla, que había sido vicerrector del Seminario de Cádiz, decía poco después de la expulsión de las monjas que esta se había verificado “con saña tan verdaderamente federal, que se prohibió que sacaran ni aun las ropas de su uso, permitiéndoseles solo llevar la ropa puesta”.

Los católicos conservadores evaluaron que la inmensa mayoría de los gaditanos dieron una muestra inequívoca de su identidad católica al acudir a presenciar la despedida de las  monjas. Los redactores de El Comercio estaban convencidos de que si se hubiera votado un plebiscito a favor o en contra de las monjas de la Candelaria, los enemigos de las monjas habrían sido una minoría exigua, pues nunca había estado “más pronunciada la opinión pública”. Durante la salida de las monjas “nadie se recataba para protestar con su actitud, con su palabra, con su ejemplo, contra los hechos lamentables que se estaban consumando”. Además de El Comercio, La Palma (también moderado), La Voz de Cádiz (partidario de la Unión Liberal y de la restauración borbónica) y La Monarquía Tradicional (carlista) protestaron en sus páginas contra la expulsión de las monjas de la Candelaria. 

Mientras tanto, La Soberanía Nacional, representante de los republicanos federales más moderados, refiriéndose a las damas que se manifestaron para que no se cerrase el convento, comentaba que nada de esto hicieron cuando hacía poco se había cerrado la fábrica de tabacos de Cádiz, que dejó (aunque por poco tiempo, pues fue vuelta a abrir) a muchas gaditanas de las clases más necesitadas sin un trabajo imprescindible para subsistir.

Por su parte, los gaditanos partidarios de la política municipal animaban al Ayuntamiento a que llegase más lejos. El Cabildo Municipal recibió el 28 de marzo una instancia suscrita por algunos ciudadanos solicitando que no sólo se realizase el derribo del convento de la Candelaria sino el de todos los demás que existían en la ciudad, pero esta propuesta no se discutió siquiera. Los conventos de monjas que seguían abiertos eran el de Nuestra Señora de la Piedad, de franciscanas concepcionistas descalzas, y el de Santa María de la Concepción, de franciscanas concepcionistas calzadas. El último había sido inspeccionado el mismo día que el de la Candelaria por el arquitecto municipal pero nunca se discutió sobre su desalojo.

El Poder Ejecutivo de la república no había aprobado lo realizado por Salvochea con el convento de La Candelaria. Pero ello no impidió que tratase de rentabilizar los acontecimientos a su favor. El mismo día que el convento era desalojado y se iniciaba el derribo, el gobernador civil, Moreno Portela, decía por escrito al alcalde que el subsecretario del Ministerio de la Gobernación, en telegrama llegado esa misma tarde, le había hecho la siguiente pregunta : “Sírvase V.S. decirme qué hay de cierto respecto al derribo del convento de la Candelaria que se dice va a acordar el Ayuntamiento”. Los miembros del Gobierno habían tenido conocimiento de lo que estaba ocurriendo en Cádiz porque las señoras que se habían manifestado el día 26 habían telegrafiado a Figueras y Castelar pidiéndoles que no se permitiera el derribo del convento. Ambos les contestaron que no estaba entre sus atribuciones impedirlo, pero que se iban a dirigir a quien correspondiese para que no se derribase ningún templo. El día 29 de marzo, cuando se recibió el escrito de Moreno Portela en el Ayuntamiento, Salvochea le contestó que ya se había procedido al derribo de la iglesia y del convento, porque su estado de ruina amenazaba con gran peligro a la población. Es obvio que no se “había procedido al derribo”, sino solo a iniciarlo, pero el alcalde no quería recibir la orden de parar los trabajos y quiso dar la impresión de que ya todo estaba concluido.

El 28 de marzo tenía el alcalde otro escrito en sus manos, este del administrador económico de la provincia, que le comunicaba que, habiendo tenido noticia de la demolición del convento de la Candelaria y estando prevenida por orden del Ministerio de Hacienda con fecha 16 de noviembre de 1868, cuya copia acompañaba, la incautación de los solares y materiales procedentes de los derribos de este tipo, había designado un representante para inspeccionar las operaciones y para la formación del inventario de los materiales que resultasen, a fin de que el Estado procediese a enajenarlos en pública licitación. Como se puede comprobar, una vez realizada la exclaustración e iniciado el derribo, el Estado “legalizaba” la decisión del alcalde recordando circulares que habían estado en el olvido y utilizaba los hechos consumados por iniciativa municipal para tratar de incautarse del solar. 

     La propiedad estatal de los conventos exclaustrados no había sido discutida desde el comienzo de las desamortizaciones, pudiendo este proceder posteriormente a cederlo al respectivo Municipio. Pero Salvochea no estaba dispuesto a que la Administración central, que no había mostrado desde el principio el más mínimo interés en que se cumpliese el decreto de exclaustración de octubre de 1868, quisiera ahora aprovechar la situación llevada a cabo por una decisión municipal, llevándose los beneficios económicos que reportase. Ante el oficio del administrador económico de la provincia, resolvió no negarse de momento abiertamente, pero le advirtió que el Ayuntamiento estaba costeando el derribo y los gastos que se estaban produciendo debían ser resarcidos del producto de la venta de los materiales.

    Después de haber expulsado a las monjas y derribado el convento de la Candelaria por iniciativa propia, rebasando sus atribuciones, y de haber desoído la orden del administrador de Hacienda de la provincia relativa a la propiedad de los materiales, incautándose de los beneficios de los mismos, Salvochea envió una solicitud al ministro de Hacienda, por conducto de los diputados republicanos por Cádiz, pidiendo que se entregara el solar a la ciudad. En primer lugar, justificaba una vez más el derribo por el mal estado del edificio y el consecuente peligro para los transeúntes: “El Ayuntamiento republicano federal de Cádiz, con la atención debida, hace a V. presente: que el estado de ruina en que se encontraban el convento e iglesia de monjas de la Candelaria de esta ciudad, hizo indispensable proceder a su derribo, como medida de seguridad no sólo para las personas que lo habitaban, sino también para las que transitaban por sus inmediaciones”. A continuación, quiso hacer ver que aunque la decisión no había sido voluntaria, sino impuesta por las circunstancias, había dado lugar a una mejora urbanística de esa parte de la ciudad: “De esta determinación, que la necesidad impuso, ha resultado una mejora que de antiguo se hacía sentir, cual era la de ampliar la antes mezquina plaza llamada recientemente de Castelar, y ensanches de las estrechas calles de Bilbao y Jacobinos”. Salvochea parecía reconocer ahora la propiedad estatal del solar, a pesar de que esto no le había impedido derribar el convento sin autorización del Gobierno: “Para que el pueblo de Cádiz pueda disfrutar de esta mejora, se hace indispensable que por el Estado, a quien pertenece el expresado solar, se ceda a esta ciudad para dedicarlo a un objeto de tan reconocida utilidad pública”. Y en vista de todo lo anterior, se pedía al ministro que cediera al pueblo de Cádiz el solar en que estuvo el convento y la iglesia de la Candelaria “para satisfacer la necesidad antes indicada; así como los materiales que produzca el derribo para aplicarlos a la construcción de un mercado, que se hace indispensable para el abasto del vecindario”.




LA PLAZA RESULTANTE DEL SOLAR, FUE LLAMADA INICIALMENTE "PLAZA DE CASTELAR". AQUI, CON EL MONUMENTO AL POLÍTICO REPUBLICANO GADITANO

El gobernador eclesiástico Sebastián Herrero, no supo estar a la altura de las circunstancias en la confrontación para evitar la exclaustración y derribo del convento. Cierto es que poco podía hacerse y Herrero debía estar convencido de que el alcalde no iba a cejar en ningún caso en su decisión sobre el convento. Pero podría haber acudido al ministro de Gracia y Justicia, buscando un reconocimiento de la ilegalidad de la actuación municipal El Ayuntamiento no se apropió de las imágenes, cuadros y otros objetos de valor del convento y permitió que fueran retirados por el Obispado. Pero esto no fue así porque el gobernador eclesiástico hubiera hecho alguna gestión al respecto, sino porque Salvochea solo estaba interesado en los materiales del derribo y en el solar. El 30 de marzo, dos días después de la exclaustración de las monjas, el Obispado comenzó a transportar las imágenes, cuadros y molduras del templo, pidiendo a los directores de El Comercio y La Monarquía Tradicional, que organizasen colectas entre los que quisieran ayudar a los gastos del traslado


En poco tiempo, Herrero sería substituido como gobernador eclesiástico por Fernando Hüe, que mostraría su preparación y flexibilidad para abordar el problema.




REFERENCIAS:

  • Archivo Municipal de Cádiz, Caja 6677, carpeta "Derribo de Candelaria".
  • Archivo Municipal de Cádiz, Actas del Cabildo Municipal desde el 22 de marzo hasta el 5 de junio de 1873.
  • Archivo de la Diócesis de Cádiz, legajo 174.
  • El Comercio, números 10531 a 10535, de 27 a 31 de marzo de 1873. 
  • Números sueltos de La Palma, La Soberanía Nacional
  • MATEOS-GAGO FERNÁNDEZ, F., “Hazañas Cantonales” (Artículo dirigido al Gibraltar Guardian, fechado el 26 de julio de 1873), en  Colección de opúsculos, Sevilla, Imprenta y Librería de A. Izquierdo, 1887,  p. 230. Mateos-Gago sería un personaje muy relevante en posteriores polémicas entre el integrismo y el accidentalismo de León XIII.



lunes, 28 de septiembre de 2020

Rule y la primera misión protestante de España


   La apertura  progresista iniciada en 1835, que culminó con la promulgación de la Constitución de 1837, propició la aparición de evangelizadores protestantes en España. Mientras en otras localidades de la península no se llegaba mucho más allá de distribuciones de las Sagradas Escrituras sin notas explicativas, inmediatamente reprimidas por las autoridades, el pastor metodista William Harris Rule fundaba en Cádiz la primera misión protestante de España.


WHILLIAM H. RULE

     

       Rule, nacido en 1802, se convirtió al metodismo con 20 años y decidió entonces estudiar para ser maestro de escuela y hacerse misionero. En marzo de 1826 fue enviado a Malta y en 1832 se le ordenó que pasase a Gibraltar, a donde se trasladó tras efectuar una visita previa. Con la ayuda de su esposa, el metodista abrió escuelas gratuítas de niños en Gibraltar   

     El misionero metodista estuvo visitando en 1833 varias localidades del sur de España. Más tarde, entre el 16 y el 18 de mayo de 1836, pasó por Cádiz para comprobar las posibilidades de predicar el Evangelio. Comprobó que en los doce últimos meses habían pasado por el puerto gaditano 253 buques ingleses y 79 norteamericanos, que habían transportado 2400 y 902 tripulantes respectivamente, los cuales permanecían en la ciudad entre dos y seis semanas. Añadiendo a ese número el de los protestantes extranjeros residentes, tanto en Cádiz, como en el Puerto de Santa María y Jerez, y teniendo en cuenta que “la única observancia religiosa era el rezo de oraciones y el sermón en el Consulado”, estimaba necesario que un misionero “pastorease el descuidado rebaño”.

     Aunque Rule había visitado Málaga y Granada, pensaba que “las puertas (...) no estaban tan claramente abiertas en ninguna de aquellas ciudades como en Cádiz”. Para lograr su objetivo se entrevistó con el gobernador, Pedro Urquinaona y Pardo, abogado liberal que en su opinión tenía fama de defensor de la libertad religiosa, y este no le puso ningún impedimento para que organizase una misión

     En principio, pretendía que el apostolado se dirigiera exclusivamente a los extranjeros, que “se estaban haciendo totalmente indiferentes a la religión y se habían acomodado gradualmente a la idolatría y costumbres inmorales del lugar”. Pero la cita sugiere que el clérigo veía el terreno moral en que se movían los gaditanos como propicio para ser abonado con una nueva fe. Tras su corta visita regresó a Gibraltar y envió un maestro a Cádiz, James Lyon, que comenzó su labor en 1837, abriendo una escuela y predicando todos los domingos a bordo de los barcos surtos en el puerto gaditano. Pero a los seis meses de su llegada, Lyon había aprendido castellano y  estaba preparado “para proceder más directamente en sus labores misionales”, extendiendo su predicación a los gaditanos. Los domingos acudía un número reducido de personas a los rezos  y algunos niños iban a la escuela a aprender a leer.

    La misión metodista de Cádiz fue, en palabras de Rule, “La primera organización de una institución protestante en España”. Era consciente de que este hecho no podía ser observado por los católicos con indiferencia: “Los clérigos murmuraron, amenazaron y no ahorraron esfuerzos para alarmar a los pocos que participaban en las reuniones”.

    Un cambio de gobernador trajo a Cádiz al conde de Clonard, mucho más conservador que Urquinaona, que ordenó el 28 de enero de 1838 el cierre de la escuela metodista. Una Real Orden negaba a Lyon la posibilidad de ejercer como maestro. Rule partió hacia Madrid el 14 de marzo para intentar arreglar la cuestión, consiguiendo, a través de las gestiones del embajador inglés, que el Gobierno suspendiese por el momento el cierre de la escuela.

EL CONDE DE CLONARD

    Rule conoció en la capital de España a George Borrow, que  el 30 de marzo envió una carta a la Sociedad Bíblica de Londres en la que describía al metodista como “un caballero que me ha interesado mucho, de cuyo celo, piedad y discreción me he formado la opinión más elevada”.

GEORGE BORROW

   Según Rule, entre los meses de abril de 1838 y  1839 la misión metodista conoció los momentos de mayor auge. Rule decía al respecto en sus memorias: “Mi misión había conseguido un extraordinario grado de aceptación entre los habitantes de Cádiz y la mayor parte de los miembros del Ayuntamiento declaró mostrarse muy favorable a mis procedimientos”. Pero lo cierto es que las dificultades no acabaron durante ese periodo. Una real orden fechada el 19 de mayo de 1838 prohibía la difusión de textos sagrados protestantes. Lyon había reanudado las clases en abril, pero a pesar de que lo había hecho de forma discreta en su domicilio particular, recibió la orden del gobernador para que cesara todas sus actividades. Lyon salió para Gibraltar el 27 de junio de 1838 y Rule decidió regresar a Cádiz, lo que hizo  el 20 de julio, instalándose su domicilio en la calle del Camino número 72. Abrió dos escuelas en la calle del Calvario número 144, colocando al frente, para no tener problemas con las autoridades, a dos maestros españoles, José María Pérez y Josefa Cordero.

     La opinión de Rule sobre la aceptación de su misión en Cádiz era excesivamente optimista. El Clero de la ciudad, encabezado por el obispo, la atacó duramente desde el púlpito y la autoridad municipal se mostró igualmente combativa contra el pastor. El 31 de marzo de 1839, el cuarto teniente de alcalde, Alsásua, publicó un artículo en el periódico El Tiempo, denunciando que la escuela y misión metodistas eran ilegales y peligrosas, y “anunciando una guerra religiosa”, si no se tomaban medidas. El 7 de abril de 1839 recibió Rule  del alcalde, Juan Pablo Gómez, la prohibición de mantener celebraciones religiosas. El 23 de abril de 1839 el Gobierno entregó a la legación británica en Madrid una comunicación en la que se decía que Rule había tratado de propagar sus doctrinas en Cádiz “con criminal tenacidad”. La reina confirmaba las medidas tomadas, para “evitar los males  que podrían resultar a España de permitir que los gérmenes de la discordia se introdujeran en el país”, e insistía en la necesidad de evitar que en el futuro se introdujeran en las escuelas “las doctrinas que esta secta fanática tan seriamente se esfuerza por esparcir”. El  19 de mayo de 1839 se prohibía la impresión, importación y venta de textos sagrados.

      A principios de 1840 hubo un último intento de reavivar la misión metodista de Cádiz. Rule volvió a enviar a James Lyon, que instalado en la calle del Puerto, comenzó a celebrar de nuevo reuniones, tanto entre los británicos como entre los gaditanos, y a impartir de nuevo clases, poniendo a cargo de la escuela a la maestra Antonia Rodríguez. Rule decidió volver a Cádiz para  visitar su “pequeño rebaño”, pero Alsásua entró en la casa expulsando a los reunidos. Detrás de su actuación estaba el obispo de Cádiz, fray Domingo de Silos, que informó al gobernador civil de que, enterado de que “se había introducido nuevamente en esta religiosa ciudad un predicador protestante de la secta de los metodistas, encargó al teniente de alcalde que averiguase la existencia de “semejante sectario” (Lyon). El gobernador ratificó los actos de Alsásua y se lo comunicó al obispo, esperando que los hechos servirían para aquietar su “piadoso ánimo (...) justamente alarmado con el tenaz empeño con que algunos fanáticos estrangeros (sic) intentan quebrantar la unidad religiosa de la católica nación española”. Cuando las autoridades de Cádiz iban a detener a Rule, este ya estaba de regreso en Gibraltar.


EL OBISPO DOMINGO DE SILOS

     La evangelización protestante en Cádiz quedó relativamente estancada después de la fracasada tentativa de Rule. Pero el pequeño núcleo establecido por el metodista no desapareció. Durante 1841 mantuvo correspondencia semanal con los disidentes gaditanos y realizó dos visitas a Cádiz

      Un hecho importante para los ingleses residentes en Cádiz se produjo en noviembre de 1842, cuando un nuevo obispo anglicano, George Tomlinson, llegó a Gibraltar. Entre el 10 y el 24 del mismo mes estuvo en Cádiz y aprovechó su visita para consagrar el nuevo cementerio. La ceremonia se efectuó en privado, pues así lo ordenaba la real orden que autorizaba el camposanto, que prohibía que se erigiese iglesia, capilla, o cualquier símbolo religioso. Decía la Gaceta Eclesiástica de la Iglesia de Inglaterra, sobre el nuevo cementerio: “Será un motivo de consuelo para los amigos de aquellos que puedan ser enterrados aquí -En Cádiz-, pensar que sus cuerpos descansarán en suelo consagrado, en vez de, cómo hasta ahora, ser arrojados en la playa en un hoyo bajo el nivel del mar”

    Habría que esperar a 1869 para ver de nuevo a los protestantes evangelizar con cierta tranquilidad en Cádiz. Aunque como veremos, su labor no resultaría nada fácil a pesar de la declaración de la libertad de Cultos: ni las autoridades, ni la generalidad de la población harían sencillo ser protestante en Cádiz. Pero esto es una cuestión que dejaré para otro momento.   



REFERENCIAS EMPLEADAS:

La Voz de la Religión, época cuarta, tomo III, Madrid, Imprenta de la calle del Humilladero, 1840, pp. 49-50.
The Ecclesiastical Gazette. Or monthly register of the affairs of the Church of England, and of its religious societies and institutions, from July 1842 to June 1843, Vol. V, London, Charles Cox, 1843.
BODDAERT, N., “Una presencia tolerada en el Cádiz del siglo XVIII: Los protestantes extranjeros”, en Cuadernos de Ilustración y Romanticismo, 1 (1991), pp. 37-54.
BUSTOS RODRIGUEZ, M., Cádiz en el sistema atlántico. La ciudad, sus comerciantes y la actividad mercantil (1650-1830), Cádiz y Madrid, Servicio de publicaciones de la Universidad de Cádiz y Sílex, 2005, pp. 106-115
GIMÉNEZ, A., “La escuela metodista de Cádiz”, en Anales de la Universidad de Cádiz, 2 (1985).
KING SHORTER, C., George Borrow and his circle, Boston and New York, Houghton Mifflin Company, sin fecha.
MORGADO  GARCÍA, A.,  La Diócesis de Cádiz de Trento a la desamortización, Cádiz, Servicio de Publicaciones de la Universidad de Cádiz, 2008.
QUERO MORENO, J. M.,  El Protestantismo en la renovación del sistema educativo de España. Tesis doctoral dirigida por Juan Bautista Vilar, Madrid, Universidad Complutense, Facultad de Filología, 2008.
RULE, W. H., Memoir of a mission to Gibraltar and Spain. London, John Mason, 1842, pp. 191-348.
VILAR, J, B., Intolerancia y libertad religiosa en la España Contemporánea. Los orígenes del protestantismo español actual, Madrid, Istmo, 1994.


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sábado, 28 de septiembre de 2019

Fray Félix y la circular de Sagasta sobre cementerios.


El 15 de noviembre de 1870, los presbiterianos de Cádiz —a cuyo frente estaba el pastor Abraham Ben Ollier— solicitaron al Ayuntamiento una zona segregada del cementerio municipal o un cementerio de nueva planta. El Obispado solo intervino en la cuestión, al principio de forma moderada, meses después, cuando el gobernador eclesiástico supo el 2 de marzo de 1871 que un protestante había sido enterrado en el cementerio municipal. 

ABRAHAM BEN OLLIER

Pero la publicación de la circular del ministro de Gracia y Justicia, Práxedes Mateo Sagasta de 16 de julio de 1871, obligando a los Municipios a habilitar lugares dentro de los cementerios municipales para enterrar a aquellos que no hubiesen profesado la religión católica,  provocaría las reticencias de la autoridad municipal y, sobre todo, una reacción airada de fray Félix, el obispo de Cádiz. 

SAGASTA

          La coalición municipal del unionista Juan  Valverde y el progresista José María del Toro, que dirigieron sucesivamente el Ayuntamiento gaditano por estas fechas,  siempre trató de mantener un equilibrio entre el respeto a la normativa secularizadora surgida de los distintos Gabinetes y las buenas relaciones con el Obispado. En esto pudo influir el hecho de que la orientación política del Consistorio era menos avanzada que la de buena parte de los Gobiernos con los que coincidió temporalmente. Basta recordar que el Ayuntamiento gaditano tenía un número significativo de unionistas antidinásticos —es decir, contrarios al rey don Amadeo— y un exigua minoría de progresistas avanzados, no contando con ningún miembro del partido Demócrata. Estas diferencias ideológicas pueden explicar por qué las relaciones del Municipio de Cádiz con el Obispado eran mejores a las que mantuvo este último con los diferentes Gobiernos del reinado de Amadeo I.

El 23 de agosto de 1871 el obispo gaditano se unió al arzobispo y demás sufragáneos de la Archidiócesis de Sevilla en una protesta al ministro de Gracia y Justicia, pidiéndole que la real orden y circular de 16 de julio sobre uso de los cementerios municipales fuese revocada[1]. Los prelados se quejaban, entre otras cosas, de no haber recibido una comunicación oficial de los gobernadores civiles acerca de la circular. Desde el punto de vista del arzobispo y obispos de la provincia eclesiástica de Sevilla, la disposición vulneraba el derecho de propiedad de la Iglesia católica; pero esto no era cierto en todos los casos, ni mucho menos: Algunos cementerios municipales eran propiedad de la Iglesia; sin embargo, otros muchos, como el de Cádiz, pertenecían a los respectivos Municipios. En todo caso, la reclamación puntualizaba que los cementerios no pertenecían “al comercio de los hombres” porque eran lugares bendecidos y por tanto destinados solo para enterrar a los católicos. Esto es: aunque la propiedad de los cementerios fuese municipal, esto no cambiaba su consagración como católicos.


FRAY FÉLIX, OBISPO DE CÁDIZ

Para reforzar esta afirmación, los reclamantes acudían a la ley de 29 de abril de 1855, que ordenaba que, en las localidades donde fuese necesario, se construyeran cementerios para enterrar a los que murieran fuera de la religión católica, y a la real orden de 18 de marzo de 1861, que declaraba el derecho de propiedad y la jurisdicción de la Iglesia sobre los cementerios católicos. Pero parecían olvidarse de loo dispuesto en la posterior la ley municipal de 21 de octubre de 1868, que daba plena potestad a los Ayuntamientos sobre la administración y conservación de los cementerios. Ciertamente, la circular de Sagasta ordenaba que los entierros de los que no eran católicos se realizaran dentro de los cementerios católicos y no que se construyeran nuevos cementerios independientes, como determinaba la real orden de 1855. Pero es obvio que una real orden dada en 1871, seguida por una circular para hacerla efectiva, podía modificar otra anterior. Por eso, los prelados defendían que la nueva disposición se aprobaba “contraviniendo lo que los sagrados cánones tienen establecido”, tratando con ello de hacer prevalecer las leyes eclesiásticas sobre las civiles.

Por otra parte, los prelados creían que la real orden que se acababa de promulgar contradecía “la letra y el espíritu de la ley fundamental por la que hoy se rige la Nación”. No tenían dificultad en esta ocasión de acudir a la norma constitucional que se habían negado a jurar, para tratar de conseguir que el Gobierno rectificase, apoyándose en la libertad religiosa y en el sufragio universal. En la circular se afirmaba que su pretensión era llevar a la práctica el privilegio consignado en el artículo veintiuno de la Constitución, por el que se garantizaba a todo ciudadano el libre ejercicio de su religión, pero los obispos opinaban que el entierro de los que no eran católicos en sus cementerios conculcaba la libertad religiosa de los católicos y entendían que la real orden en la que se apoyaba la circular de Sagasta lo que hacía era “secularizar los cementerios católicos sin esperar a que las Cortes lo decreten”. Si la soberanía residía fundamentalmente en la Nación —expresaban los prelados—, el ministro debía “haber estado inspirado por ella al redactar la circular, y haber atendido a la voluntad del mayor número, según la doctrina de los autores de la ley fundamental”.

El 25 de julio de 1871 —poco después de la promulgación de la circular de Sagasta—, Ruiz Zorrilla, recién designado para suceder a Serrano como  presidente del Consejo de ministros, había asegurado en las Cortes que no deseaba herir los sentimientos de un pueblo eminentemente católico como el español. Era injusto, en su opinión, afirmar que los Gobiernos liberales deseaban “estar en malas relaciones con el clero y mucho menos tenerlas interrumpidas con la corte Romana”. El arzobispo de Sevilla y sus sufragáneos, decían en su reclamación que para dar crédito a esas afirmaciones, necesitaban que el Gobierno prohibiera “con leyes severísimas las inhumaciones de sus cementerios de cadáveres de sujetos muertos fuera de su religión”. La inmensa mayoría de los ciudadanos de sus Diócesis se resistía a que se enterrasen en los cementerios municipales los cadáveres de “sujetos muertos siendo enemigos declarados de su religión o cuando menos profesando otras creencias”. Eran numerosos, según afirmaban, los ejemplos recientes que se podían citar de intentos de hacerlo desde antes de la circular de 16 de julio, que habían provocado la indignación de los católicos, cuyas familias se negaban a inhumar sus cadáveres en el mismo lugar que los sectarios si no eran desenterrados estos, lo cual, según los prelados, no constituía  una “conducta de intolerante superstición”, sino, por el contrario “una actitud digna y justa”.

Todos los Gobiernos de Europa —decían el arzobispo y sufragáneos de Sevilla—, estaban alarmados por el “incremento y rapidez con que se difunden ciertas ideas (...) que necesariamente causarían el exterminio de la sociedad”. Los prelados, defendían que su sagrado ministerio no les eximía, sino arraigaba “un profundo amor a la patria y a la humanidad entera”, pues eran “los primeros en participar”  en las cuestiones que afectaban a la sociedad. Por ello, estudiaban “el origen, el desarrollo, los medios y los fines de tan deletéreas doctrinas”, resultando de sus investigaciones que dichas doctrinas nacieron en los pueblos paganos”, y que no se podían “aclimatar y prosperar sino en los que se alejan del conocimiento y servicio del verdadero Dios”.

El Gobierno, llevado por su alta misión, tenía “no solamente interés, sino obligación de evitar a nuestra querida patria el cataclismo que la amaga”. Era preciso que “una verdadera protección a la Iglesia” fuera “la primera y fundamental medida” y el éxito de este intento era indudable, dado que el pueblo español era eminentemente católico. Todo lo que no fuera eso, podría “contener por algún tiempo el progreso de la gangrena”, pero no podría “extirpar el cáncer que corroe el corazón de la sociedad”. Para que esa protección se llevase a efecto era necesaria la aplicación de una “verdadera libertad”, que consistía en la facultad de obrar con sujeción a las leyes que, siendo canónicas o civiles, declaraban “la santidad, inviolabilidad y propiedad de la Iglesia en sus cementerios”.

Como se puede ver, la posición de los prelados firmantes, y con ella la de fray Félix, era inamovible. Exigían el cumplimiento de leyes pasadas cuando protegían los intereses de la Iglesia, con el mismo interés con el que denostaban las que no los beneficiaban. Era cierto que buena parte de los cementerios municipales era propiedad de las respectivas Diócesis, pero no admitían que otra parte no lo era. Atacaban al liberalismo, como doctrina peligrosa que causaría la destrucción de la sociedad y solo reconocían una libertad “verdadera”, consistente en obrar según las leyes que protegían a la Iglesia católica.

Pero es indudable que llevaban razón cuando afirmaban que todos los cementerios municipales estaban consagrados como católicos. Muchos Ayuntamientos habían incumplido la ley de 1855 que les obligaban a construir cementerios en los que enterrar dignamente a los que no eran católicos, entre ellos el de Cádiz. Si lo hubieran hecho, tal vez no se habría llegado a la situación actual. Las reclamaciones de los protestantes gaditanos tras la promulgación de la Constitución, relativas a la cuestión del uso de los cementerios, así como  las resistencias municipales que se han observado en el caso de Cádiz, no eran una excepción, pues se estaban produciendo en otras localidades, y cada vez con mayor frecuencia. Esto había obligado al Gobierno a tomar una medida “provisional”, que chocaba frontalmente con los sentimientos religiosos de la mayor parte de los católicos. El Ayuntamiento gaditano coincidía en cierto modo con las apreciaciones del arzobispo y sufragáneos de Sevilla sobre la circular de 16 de julio, pues, aunque había habilitado un lugar para enterrar a todos lo que no eran católicos, no consintió en hacerlo en el interior del cementerio municipal.
FACHADA DEL CEMENTERIO MUNICIPAL DE CÁDIZ

Después de haber enviado el escrito de protesta junto a los demás prelados de la provincia eclesiástica de Sevilla, fray Félix tomó unas medidas muy drásticas, debidas probablemente a un fuerte escrúpulo o celo  religioso que le llevaba al convencimiento de que enterrar a un protestante en cualquier cementerio católico lo contaminaba y convertía en un lugar que dejaba de ser santo. El día 11 de septiembre escribió a todos los párrocos de la Diócesis para darles instrucciones al respecto. Les adjuntaba copia de la protesta al ministro de Gracia y Justicia  contra la circular de 16 de julio, que, según aclaraba fray Félix, prevenía “la formación de una cerca o separación dentro de los muros del terreno bendito para depositar en él los restos de los judíos, moros, apóstatas, herejes, antropófagos, etc.”. El prelado ordenaba a los párrocos que leyesen la protesta a los fieles en la Misa Mayor del siguiente día festivo y por la noche del mismo día, poniendo a los asistentes al corriente de las prevenciones que se agregaban y ya habían sido tomadas por otros obispos.

Advertía que si un cementerio municipal pertenecía a la Iglesia  no se debían entregar las llaves ni hacer nada que significase conformidad con la circular. Si el cementerio era de propiedad municipal, los curas debían hacer valer “ante la autoridad local los derechos sacratísimos de la Iglesia católica”, que eran a la vez “los de sus hijos, hollados y conculcados ruda e implacablemente”, cuando se enterraba en ellos a los que no eran católicos. Añadía el obispo que se tenía más consideración con los derechos de los católicos en los países protestantes, “y aun en las costas que tenemos enfrente, que en la nación que fue católica desde los tiempos de Recaredo”. Lo que estaba sucediendo era un “ultraje a las cenizas de nuestros mayores, que se conmueven y agitan en sus sepulcros y claman ante el trono de Dios por que se abrevien los días de esta mezcla injuriosa”.

Si la autoridad municipal forzaba la ley canónica “introduciendo en el cementerio el cadáver de un sectario o pecador impenitente”, el lugar quedaba, decía, “en el acto profanado y entredicho, y cuantos toman parte en él quedan incursos en las censuras de la Iglesia”. En este caso, el cura correspondiente debía retirar “del lugar profanado las cruces e imágenes que existieran” y si hubiera capilla debía incomunicarla del cementerio. Si la capilla estaba dentro del camposanto, debía “retirar las aras de los altares, las imágenes y pinturas dejando el paraje solo con las paredes”. A partir de ese momento, no debía enterrarse a los católicos en esos “lugares profanados”, por lo que no se debía asistir con la cruz ni el clero parroquial a la conducción al cementerio, “ni aun caminar con dirección al mismo sino hasta larga distancia”. Es decir la cruz y los sacerdotes acompañarían los cadáveres de los católicos hasta una distancia del cementerio y a partir de ahí abandonarían la comitiva. La disposición del prelado gaditano llegaba tan lejos como para ordenar que, a partir de su publicación, los párrocos que estuvieran en el caso de haberse practicado entierros de no católicos en los cementerios de sus localidades, procedieran con las limosnas de los fieles o con los medios disponibles, a “formar otro cementerio en que pueda la Iglesia depositar en paz los restos de sus hijos”[2].

De haberse llevado adelante lo ordenado por fray Félix, y de haber obedecido todos los Ayuntamientos de la Diócesis la circular de Sagasta, las instrucciones del prelado habrían facilitado una secularización de los cementerios católicos propiciada, indirectamente, por los representantes de la Iglesia, al retirarse por orden suya las cruces y demás signos y no volver a entrar un sacerdote en dichos recintos. Pero, al menos en el cementerio municipal de Cádiz, no ocurrió así, pues, como se ha comprobado, ya se habían practicado entierros de protestantes y no por ello se retiró signo católico alguno a partir de las instrucciones del obispo.

La resistencia de fray Félix y sus instrucciones a los párrocos llevaron al gobernador civil a publicar una circular el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, previniendo a los alcaldes que, “no obstante las prevenciones del Ilmo. Sr. obispo”, hicieran “cumplir bajo su más estrecha responsabilidad” la real orden y circular de 16 de julio. El gobernador recordaba que los cadáveres debían enterrarse dentro de los cementerios municipales, pero el Municipio gaditano se mantuvo firme con su decisión de establecer una cerca “provisional” fuera de su  cementerio.

Los católicos gaditanos más favorables a las ideas de fray Félix apoyaron desde la prensa conservadora sus instrucciones sobre el enterramiento de no católicos en los cementerios municipales, compartiendo su opinión de que esta circunstancia obligaba a retirar de ellos los signos de la religión católica e impedía el entierro de sus fieles, al quedar estos lugares en profanados. El Comercio defendía que, independientemente de la propiedad de los cementerios, la autoridad exclusiva en materia de entierros católicos era el obispo. Si este había consignado que los cementerios dejaban de tener carácter sagrado desde el momento en que se enterrase un sectario o enemigo de la Iglesia católica,  era una decisión que no se podía discutir. De esa manera, la circular del día 16 de julio hacía que los católicos se vieran obligados, según el periódico, a ser enterrados “como se entierra un perro”[3], apreciación que nunca hizo sobre los protestantes que se enterraban en la playa.

 En Cádiz, a pesar de haberse inhumado algunos protestantes por imposición del juez de Santa Cruz, no se cumplieron las instrucciones del obispo. Ya se ha dicho que no se retiraron los signos de la religión católica; tampoco se dejó de enterrar a sus fieles. Como las inhumaciones de protestantes habían tenido lugar antes de la circular de Sagasta, y desde abril de 1871 el alcalde Valverde había habilitado un lugar “provisional” para herejes y ateos fuera del cementerio municipal, parece que la autoridad eclesiástica no se dio por enterada de que el cementerio había sido “profanado”.





[1]  Inserta en El Comercio, núms. 9978 y 9979, 20 y 21 de septiembre de 1871.
[2]  Publicado en El Comercio, núm. 9977, 19 de septiembre de 1871.
[3]  Ibídem, núm. 9988, 30 de septiembre de 1871.


VÉASE MI ARTÍCULO (PDF):
http://e-spacio.uned.es/fez/eserv/bibliuned:ETFSerieV-2012-24-6065/Documento.pdf