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miércoles, 28 de octubre de 2020

¿Quién era el "Padre Cayetano"?

La sanción constitucional de la libertad de cultos de 1869 anunciaba en España un cambio importante a favor de los protestantes, pues por primera vez podían practicar su culto públicamente dentro de la legalidad. 

Los metodistas afirmaban ese mismo año que habían efectuado una amplia difusión de la palabra de Dios por España y que no había prácticamente un puerto o ciudad importante que no hubiera sido visitado. Madrid, Barcelona, Málaga, Sevilla y Cádiz se habían convertido en “grandes centros”, desde los cuales las zonas inmediatas habían “sido trabajadas cuidadosamente”. 

Sevilla era “el cuartel general de la misión” en el sur de España, y Cádiz, junto con El Puerto de Santa María y Jerez, habían sido visitados. Los metodistas pensaban que la reciente apertura revolucionaria aconsejaba no abandonar. Un agente conocedor de España y su lengua estaba iniciando trabajos para volver.

El 14 de mayo de 1869, el Sínodo de la Iglesia Unida Presbiteriana recomendó al Comité para las Misiones, “tomar ventaja de las favorables ventajas abiertas ahora para extender el Evangelio en España”. La visita al país del reverendo H. M. MacGill llevó a seleccionar Cádiz como “centro de operaciones”. 

Los evangelistas escoceses o presbiterianos enviaron en 1870 a un representante a Cádiz, bien provisto con Evangelios, y la ciudad conoció su primera misión presbiteriana, que abrió el 1 de mayo de 1870 una capilla y dos escuelas de niños. Su sede se encontraba en la calle Bilbao número 19 (muy cerca del convento de monjas agustinas de La Candelaria), contando con dos pastores: Abraham Ben Ollier, un judío converso procedente de Gibraltar que había sido vendedor de babuchas en Orán, y el joven  Manuel Canencia, procurador de profesión, que solía asistir a las reuniones del Casino Republicano, donde se reunían los republicanos más templados de la ciudad. 


ABRAHAM BEN OLLIER

Los recién llegados pertenecían a la Iglesia Reformada Española, surgida tras una asamblea general de distintas congregaciones existentes en España, reunida en 1869 en Sevilla. (En 1872 adoptarían el nombre de Iglesia Cristiana Española, pasando posteriormente a su denominación actual: Iglesia Evangélica Española). La casa de la calle Bilbao era demasiado pequeña y en 1870 estaban buscando otra de mayor capacidad. The Sunday School Teacher. A magazine of essays, lessons, ilustrative material, educational notes, and inteligence, vol. IV, London, Sunday School Union, 1871, en su página 217, pedía urgentemente ayuda a los cristianos de Londres para aportar fondos para encontrar una casa adecuada para los evangélicos gaditanos

Al parecer, y como sucedió en otras partes del país, los neófitos protestantes surgidos en Cádiz tras la revolución pertenecían a las clases sociales más bajas de la localidad. No obstante, esta consideración pudiera haber sido exagerada por la propaganda católica. En esa dirección parece ir un informe del obispo de Cádiz fray Félix María de Arriete, de 1875, en el que expresa que los seguidores de la misión presbiteriana eran “poquísimos y de la clase más ínfima”, no habiendo en las escuelas más que doce niños y veinte niñas".

La misión debió tener más éxito del supuesto por la autoridad eclesiástica católica local, pues mereció la atención del "Padre Cayetano", pseudónimo del canónigo de la catedral Francisco de Lara y Arjona, que distribuyó entre el público de Cádiz varios folletos, en los que rebatía las doctrinas evangélicas, ridiculizaba a sus pastores y seguidores y restaba importancia a su labor en Cádiz. Lara había sido canónigo en la colegiata de Jerez hasta que en junio de 1869 ocupó la vacante de José Joaquín de Palma en el Cabildo de la Catedral de Cádiz, por promoción de este a deán del mismo. 

La actividad del Padre Cayetano surgió a raíz del conflicto local por el uso del cementerio municipal. Los protestantes querían ser enterrados en el mismo y la respuesta del Ayuntamiento de Juan Valverde fue cerrar el cementerio "de los ingleses" y no ceder en las peticiones de los protestantes, basándose en que el cementerio municipal estaba consagrado como católico y por tanto solo podía ser usado por los católicos. La pretensión de los protestantes contó con el apoyo de los republicanos de Cádiz y de algún juez, provocando el aumento de las críticas del clero gaditano contra los protestantes. 

En ese contexto, el canónigo Francisco de Lara comenzó a escribir sus folletos virulentos contra los presbiterianos de la calle Bilbao, usando seudónimo para no ser identificado como un clerigo contrario a la Constitución y a la libertad de cultos. Pienso que debió elegir el seudónimo en memoria del cardenal Tomás Cayetano, general de los dominicos, que se distinguió por sus esfuerzos para frenar a los luteranos y se entrevistó con Lutero. 

El Padre Cayetano, es decir, el canónigo Francisco de Lara,  no destaca como un clérigo especialmente reaccionario. Es más, el hecho de haber sido designado por el Gobierno provisional como canónigo de Cádiz, muestra que era una persona del agrado de los revolucionarios. Debía tener contactos entre los progresistas o al menos no rehusaba entrar en negociaciones en caso necesario con ellos. Como ejemplo, en noviembre de 1870 fue designado para reemplazar a Vicente Calvo en la misión de negociar en Madrid acerca del cargo contra el Cabildo Catedral por incumplimiento del decreto de incautación de obras pías y patronatos. Tampoco tuvo ningún inconveniente en enero de 1871 en conferenciar con el Ayuntamiento gaditano (constituido fundamentalmente en aquellos momentos por progresistas y unionistas) para decidir sobre el modo de organizar un funeral en la catedral por el alma del general  Prim, uno de los pilares de la revolución de septiembre de 1868 y conocido masón. 
  
Sus folletos contra los protestantes de Cádiz eran duros e inflexibles en el aspecto dogmático y en el terreno de las creencias, pero se mostraban totalmente respetuosos con las libertades individuales y cualquier opción política, incluyendo las revolucionarias. Por ejemplo, en la tercera carta de su Epistolario, titulada “Están juzgados” y fechada el 8 de julio de 1871 el Padre Cayetano dice a los fieles católicos de Cádiz: “Sed monárquicos, sed republicanos, abrazaros a la bandera que más os plazca, de cualquier modo estaréis limpios, porque habréis sido libres para elegir y  decidiros; pero si cambiáis vuestras puras y venerandas creencias religiosas por el inmundo y asqueroso plato de lentejas que os ofrecen los protestantes quedaréis manchados, ensuciadas vuestras frentes y empequeñecidos a la  presencia de vuestros hermanos”  (Cursiva en el original). Más adelante, en la misma carta, solo considera inadmisible la libertad de conciencia, porque para él la conciencia “es lo único que Dios no ha hecho libre en el hombre”.



JOSÉ AGUSTÍN ESCUDERO, OTRO PROTESTANTE QUE ACTUÓ EN CÁDIZ POR ESTAS FECHAS Y FUE OBJETO DE LAS AGRIAS CRÍTICAS DEL PADRE CAYETANO

Respecto al número de neófitos disidentes de Cádiz no hay datos seguros. Si se tuviera en cuenta una estimación del Padre Cayetano, dada con evidente intención de ridiculizar la presencia protestante en la ciudad e indicar el bajo nivel social de sus seguidores, se podría aventurar que estos rondarían las trescientas personasLa “estadística” daba “cuarenta gallegos hartos de pita”, que concurrían a la capilla de la calle Bilbao, “para esperar allí a la novia”. "cien artesanos que iban a reírse (...) de los absurdos que dice el pastor y las cocas de la pastora”; “treinta descalzas reales”, es decir las que acudían los días que se repartían “cinco reales por cabeza”; cinco personas de ambos sexos “sin creencias ningunas” (sic), que se habían pasado al protestantismo, “por lo que cae” (o sea, por lo que pudieran obtener de su aparente conversión); “cuatro porteros y ayos que venden su alma al diablo por cobrar un sueldo”;  (...) “diez polizontes” que asistían asiduamente; y “cien protestantes extranjeros”  que  vivían en Cádiz. Estas cifras, tendentes a ridiculizar a los protestantes y a minimizar su impacto en la ciudad, daban la cantidad de doscientas ochenta y nueve asistentes a los actos religiosos de la capilla de la calle Bilbao, con lo que se puede deducir que su número podría  ser mayor. 

REFERENCIAS:
  • Cartas del Padre Cayetano al Protestante Escudero, Cádiz, Imprenta de la revista Médica, 1872.
  • Christian work, or The news of the churches, News series, Vol. V, London, Partridge and Co., 1870, pp. 19, 131 y 169.
  • Epistolario del P. Cayetano o colección de sus once cartas a los protestantes de la Iglesia evangélica establecida en esta ciudad de Cádiz, Cádiz, Imprenta Ibérica, 1871.
  • María vindicada de los insultos de los protestantes: opúsculo por el P. Cayetano en el que se refutan las blasfemias de los cuadernos tratados evangélicos nº 4, y la Virgen María y los protestantes, publicados en Madrid en 1870, Cádiz, Imprenta y litografía de la Revista Médica, de Federico Joly y Velasco, 1871.
  • PUELLES y CENTENO, J. M. de,  Recuerdos de mi juventud, Cádiz, Imprenta de M. Álvarez, 1907.
  • The Wesleyan-Methodist Magazine for 1869, Fifth series, Vol. XV, London, Wesleyan Conference Office, 1869, pp. 469, 470 y 556. 
  • The Sunday School Teacher. A magazine of essays, lessons, ilustrative material, educational notes, and inteligence, vol. IV, London, Sunday School Union, 1871.
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viernes, 2 de octubre de 2020

Fundación del Cementerio de los Ingleses de Cádiz

Desde que en 1680 se determinó que todos los barcos que iban de España hacia América debían salir exclusivamente del puerto de Cádiz y sobre todo desde el traslado de la Casa de la Contratación de Indias en 1717, la ciudad se convirtió en un importante lugar de tránsito y residencia de numerosas personas procedentes de otros países. No parece necesario aclarar que, no obstante, la incidencia del protestantismo en la ciudad tenía que ser forzosamente muy escasa. 

En 1791 se confeccionó en la ciudad una “matrícula de extranjeros” cuyo fin era obligar a los foráneos residentes a convertirse al catolicismo en caso de practicar otra religión. Según dicha matrícula, en Cádiz vivían 5161 extranjeros, de los cuales solo 126 varones se declararon protestantes, cantidad que ascendía a 146 si  se contaban sus esposas e hijos.

Dos años después, en 1793, tenía lugar la expulsión de la ciudad de todos los protestantes, quedando obligados los residentes extranjeros a profesar la religión Católica. No obstante, no cabe duda que una ciudad como Cádiz, con una colonia extranjera importante, debido a su carácter comercial, debía albergar un número relativamente significativo de protestantes encubiertos. 

Es probable que, en el caso de los ingleses, la intolerancia religiosa en su contra se templara de alguna forma a causa de su importante colaboración con España durante la contienda contra Napoleón. Esa circunstancia pudo pesar en la decisión de Fernando VII, que el 13 de noviembre de 1831 dio el primer paso para que se pudieran constituir cementerios anglicanos en España, con la promulgación de una real orden que expresaba que no había ningún impedimento para que los ingleses adquirieran terrenos para edificación de camposantos. 

En Cádiz, el 28 de noviembre de 1832, el gobernador militar cedió al cónsul de S.M. Británica cien varas de terreno en extramuros, con destino a un camposanto para los ingleses protestantes. 

Pero la inauguración del cementerio de los ingleses no se llevó a cabo hasta diez años después, en noviembre de 1842, cuando un nuevo obispo anglicano llegó a Gibraltar. Se trataba de George Tomlinson, que se había formado en Cambridge, donde fundó, en 1820,  la sociedad secreta Los Apóstoles de Cambridge. Después de ordenarse sacerdote en 1822, fue entre 1831 y 1842 secretario de la Society for Promoting Christian Knowledge (Sociedad para la Promoción del Pensamiento Cristiano).


    
GEORGE TOMLINSON, 
ANTES DE SER OBISPO DE GIBRALTAR

Era el primer obispo anglicano de la Diócesis de Gibraltar (también denominada Diócesis de Europa, pues, con su catedral en Gibraltar -La Santísima Trinidad- abarca Marruecos, Europa, Turquía y la Antigua Unión Soviética), que acababa de ser creada el 29 de septiembre de ese mismo año. El retraso que se observa entre los momentos en que Fernando VII aprobó la edificación de cementerios (1831) y el cónsul británico en Cádiz compró los terrenos correspondientes (1832), por una parte, y la consagración del cementerio de Cádiz (1842), por otra, se justifica probablemente en que se estuvo esperando la llegada de una autoridad religiosa de nivel adecuado para practicar la consagración.

The Ecclesiastical Gazette. Or monthly register of the affairs of the Church of England, and of its religious societies and institutions, from July 1842 to June 1843, núm. 54 del vol. V, London, Charles Cox, 1843,  en su número correspondiente al 13 de diciembre de 1842 (páginas 119 a 125 del volumen), comunicaba que el obispo había sido entronizado en Gibraltar el día 6 de noviembre y había hecho notar en su sermón que la iglesia Anglicana era una "rama integral de la iglesia Católica".

Respecto a esta última afirmación, hay que decir que se trata de un punto de vista defendido siempre por los anglicanos. Por ejemplo, William Gladstone, primer ministro de Inglaterra entre 1868 y 1874, decía que la Iglesia de Inglaterra era una “rama nacional de la Iglesia Católica” (En COWLLING, M., Religion and public doctrine in modern England, Volume II: Assaults, Cambridge University Press, 2003, p. 80). Actualmente, la Iglesia Anglicana Federal se define como Católica, aunque no romana, y Evangélica, aunque no protestante.

El nuevo obispo estuvo en Cádiz entre el 10 y el 24 de de noviembre de 1842. El mismo día de su llegada, consagró el nuevo cementerio destinado a los ingleses. La ceremonia se efectuó en privado, pues así lo ordenaba la real orden que autorizaba los cementerios, que prohibía además que se erigiese iglesia o capilla y que se exhibiesen símbolos religiosos. 


La Gaceta Eclesiástica hacía un comentario que resulta muy significativo de los problemas habían estado teniendo los no católicos a la hora de ser enterrados en Cádiz:  

"It will be a source of consolation to the friends of those who may be buried here to think that their bodies will now be suffered to rest in consecrated ground, instead of being, as formerly, thrust perpendacularly into a hole in the shore bellow high-water mark"


(“Será un motivo de consuelo para los amigos de aquellos que puedan ser enterrados aquí -en Cádiz-, pensar que sus cuerpos descansarán ahora en suelo consagrado, en vez de ser, cómo hasta ahora, arrojados en la playa dentro un hoyo por debajo del límite de la pleamar”).

Tomlinson, nacido en 1794, seguiría ejerciendo como obispo de Gibraltar hasta su fallecimiento en febrero de 1863, precisamente el mismo año que fray Félix María de Arriete y Llano era elevado a la silla episcopal de Cádiz .




NÚMERO DE LA GACETA ECLESIÁSTICA QUE NOTICIA 
LA CONSAGRACIÓN DEL CEMENTERIO DE LOS INGLESES EN CÁDIZ

El cementerio de los ingleses se ha mantenido abierto hasta los años ochenta del siglo XX, tras diversas vicisitudes, que serán relatadas en próximos artículos. 

MÁS INFORMACIÓN EN MI ARTÍCULO (PDF, DESCARGA GRATUITA):
http://e-spacio.uned.es/fez/eserv/bibliuned:ETFSerieV-2012-24-6065/Documento.pdf

lunes, 28 de septiembre de 2020

Rule y la primera misión protestante de España


   La apertura  progresista iniciada en 1835, que culminó con la promulgación de la Constitución de 1837, propició la aparición de evangelizadores protestantes en España. Mientras en otras localidades de la península no se llegaba mucho más allá de distribuciones de las Sagradas Escrituras sin notas explicativas, inmediatamente reprimidas por las autoridades, el pastor metodista William Harris Rule fundaba en Cádiz la primera misión protestante de España.


WHILLIAM H. RULE

     

       Rule, nacido en 1802, se convirtió al metodismo con 20 años y decidió entonces estudiar para ser maestro de escuela y hacerse misionero. En marzo de 1826 fue enviado a Malta y en 1832 se le ordenó que pasase a Gibraltar, a donde se trasladó tras efectuar una visita previa. Con la ayuda de su esposa, el metodista abrió escuelas gratuítas de niños en Gibraltar   

     El misionero metodista estuvo visitando en 1833 varias localidades del sur de España. Más tarde, entre el 16 y el 18 de mayo de 1836, pasó por Cádiz para comprobar las posibilidades de predicar el Evangelio. Comprobó que en los doce últimos meses habían pasado por el puerto gaditano 253 buques ingleses y 79 norteamericanos, que habían transportado 2400 y 902 tripulantes respectivamente, los cuales permanecían en la ciudad entre dos y seis semanas. Añadiendo a ese número el de los protestantes extranjeros residentes, tanto en Cádiz, como en el Puerto de Santa María y Jerez, y teniendo en cuenta que “la única observancia religiosa era el rezo de oraciones y el sermón en el Consulado”, estimaba necesario que un misionero “pastorease el descuidado rebaño”.

     Aunque Rule había visitado Málaga y Granada, pensaba que “las puertas (...) no estaban tan claramente abiertas en ninguna de aquellas ciudades como en Cádiz”. Para lograr su objetivo se entrevistó con el gobernador, Pedro Urquinaona y Pardo, abogado liberal que en su opinión tenía fama de defensor de la libertad religiosa, y este no le puso ningún impedimento para que organizase una misión

     En principio, pretendía que el apostolado se dirigiera exclusivamente a los extranjeros, que “se estaban haciendo totalmente indiferentes a la religión y se habían acomodado gradualmente a la idolatría y costumbres inmorales del lugar”. Pero la cita sugiere que el clérigo veía el terreno moral en que se movían los gaditanos como propicio para ser abonado con una nueva fe. Tras su corta visita regresó a Gibraltar y envió un maestro a Cádiz, James Lyon, que comenzó su labor en 1837, abriendo una escuela y predicando todos los domingos a bordo de los barcos surtos en el puerto gaditano. Pero a los seis meses de su llegada, Lyon había aprendido castellano y  estaba preparado “para proceder más directamente en sus labores misionales”, extendiendo su predicación a los gaditanos. Los domingos acudía un número reducido de personas a los rezos  y algunos niños iban a la escuela a aprender a leer.

    La misión metodista de Cádiz fue, en palabras de Rule, “La primera organización de una institución protestante en España”. Era consciente de que este hecho no podía ser observado por los católicos con indiferencia: “Los clérigos murmuraron, amenazaron y no ahorraron esfuerzos para alarmar a los pocos que participaban en las reuniones”.

    Un cambio de gobernador trajo a Cádiz al conde de Clonard, mucho más conservador que Urquinaona, que ordenó el 28 de enero de 1838 el cierre de la escuela metodista. Una Real Orden negaba a Lyon la posibilidad de ejercer como maestro. Rule partió hacia Madrid el 14 de marzo para intentar arreglar la cuestión, consiguiendo, a través de las gestiones del embajador inglés, que el Gobierno suspendiese por el momento el cierre de la escuela.

EL CONDE DE CLONARD

    Rule conoció en la capital de España a George Borrow, que  el 30 de marzo envió una carta a la Sociedad Bíblica de Londres en la que describía al metodista como “un caballero que me ha interesado mucho, de cuyo celo, piedad y discreción me he formado la opinión más elevada”.

GEORGE BORROW

   Según Rule, entre los meses de abril de 1838 y  1839 la misión metodista conoció los momentos de mayor auge. Rule decía al respecto en sus memorias: “Mi misión había conseguido un extraordinario grado de aceptación entre los habitantes de Cádiz y la mayor parte de los miembros del Ayuntamiento declaró mostrarse muy favorable a mis procedimientos”. Pero lo cierto es que las dificultades no acabaron durante ese periodo. Una real orden fechada el 19 de mayo de 1838 prohibía la difusión de textos sagrados protestantes. Lyon había reanudado las clases en abril, pero a pesar de que lo había hecho de forma discreta en su domicilio particular, recibió la orden del gobernador para que cesara todas sus actividades. Lyon salió para Gibraltar el 27 de junio de 1838 y Rule decidió regresar a Cádiz, lo que hizo  el 20 de julio, instalándose su domicilio en la calle del Camino número 72. Abrió dos escuelas en la calle del Calvario número 144, colocando al frente, para no tener problemas con las autoridades, a dos maestros españoles, José María Pérez y Josefa Cordero.

     La opinión de Rule sobre la aceptación de su misión en Cádiz era excesivamente optimista. El Clero de la ciudad, encabezado por el obispo, la atacó duramente desde el púlpito y la autoridad municipal se mostró igualmente combativa contra el pastor. El 31 de marzo de 1839, el cuarto teniente de alcalde, Alsásua, publicó un artículo en el periódico El Tiempo, denunciando que la escuela y misión metodistas eran ilegales y peligrosas, y “anunciando una guerra religiosa”, si no se tomaban medidas. El 7 de abril de 1839 recibió Rule  del alcalde, Juan Pablo Gómez, la prohibición de mantener celebraciones religiosas. El 23 de abril de 1839 el Gobierno entregó a la legación británica en Madrid una comunicación en la que se decía que Rule había tratado de propagar sus doctrinas en Cádiz “con criminal tenacidad”. La reina confirmaba las medidas tomadas, para “evitar los males  que podrían resultar a España de permitir que los gérmenes de la discordia se introdujeran en el país”, e insistía en la necesidad de evitar que en el futuro se introdujeran en las escuelas “las doctrinas que esta secta fanática tan seriamente se esfuerza por esparcir”. El  19 de mayo de 1839 se prohibía la impresión, importación y venta de textos sagrados.

      A principios de 1840 hubo un último intento de reavivar la misión metodista de Cádiz. Rule volvió a enviar a James Lyon, que instalado en la calle del Puerto, comenzó a celebrar de nuevo reuniones, tanto entre los británicos como entre los gaditanos, y a impartir de nuevo clases, poniendo a cargo de la escuela a la maestra Antonia Rodríguez. Rule decidió volver a Cádiz para  visitar su “pequeño rebaño”, pero Alsásua entró en la casa expulsando a los reunidos. Detrás de su actuación estaba el obispo de Cádiz, fray Domingo de Silos, que informó al gobernador civil de que, enterado de que “se había introducido nuevamente en esta religiosa ciudad un predicador protestante de la secta de los metodistas, encargó al teniente de alcalde que averiguase la existencia de “semejante sectario” (Lyon). El gobernador ratificó los actos de Alsásua y se lo comunicó al obispo, esperando que los hechos servirían para aquietar su “piadoso ánimo (...) justamente alarmado con el tenaz empeño con que algunos fanáticos estrangeros (sic) intentan quebrantar la unidad religiosa de la católica nación española”. Cuando las autoridades de Cádiz iban a detener a Rule, este ya estaba de regreso en Gibraltar.


EL OBISPO DOMINGO DE SILOS

     La evangelización protestante en Cádiz quedó relativamente estancada después de la fracasada tentativa de Rule. Pero el pequeño núcleo establecido por el metodista no desapareció. Durante 1841 mantuvo correspondencia semanal con los disidentes gaditanos y realizó dos visitas a Cádiz

      Un hecho importante para los ingleses residentes en Cádiz se produjo en noviembre de 1842, cuando un nuevo obispo anglicano, George Tomlinson, llegó a Gibraltar. Entre el 10 y el 24 del mismo mes estuvo en Cádiz y aprovechó su visita para consagrar el nuevo cementerio. La ceremonia se efectuó en privado, pues así lo ordenaba la real orden que autorizaba el camposanto, que prohibía que se erigiese iglesia, capilla, o cualquier símbolo religioso. Decía la Gaceta Eclesiástica de la Iglesia de Inglaterra, sobre el nuevo cementerio: “Será un motivo de consuelo para los amigos de aquellos que puedan ser enterrados aquí -En Cádiz-, pensar que sus cuerpos descansarán en suelo consagrado, en vez de, cómo hasta ahora, ser arrojados en la playa en un hoyo bajo el nivel del mar”

    Habría que esperar a 1869 para ver de nuevo a los protestantes evangelizar con cierta tranquilidad en Cádiz. Aunque como veremos, su labor no resultaría nada fácil a pesar de la declaración de la libertad de Cultos: ni las autoridades, ni la generalidad de la población harían sencillo ser protestante en Cádiz. Pero esto es una cuestión que dejaré para otro momento.   



REFERENCIAS EMPLEADAS:

La Voz de la Religión, época cuarta, tomo III, Madrid, Imprenta de la calle del Humilladero, 1840, pp. 49-50.
The Ecclesiastical Gazette. Or monthly register of the affairs of the Church of England, and of its religious societies and institutions, from July 1842 to June 1843, Vol. V, London, Charles Cox, 1843.
BODDAERT, N., “Una presencia tolerada en el Cádiz del siglo XVIII: Los protestantes extranjeros”, en Cuadernos de Ilustración y Romanticismo, 1 (1991), pp. 37-54.
BUSTOS RODRIGUEZ, M., Cádiz en el sistema atlántico. La ciudad, sus comerciantes y la actividad mercantil (1650-1830), Cádiz y Madrid, Servicio de publicaciones de la Universidad de Cádiz y Sílex, 2005, pp. 106-115
GIMÉNEZ, A., “La escuela metodista de Cádiz”, en Anales de la Universidad de Cádiz, 2 (1985).
KING SHORTER, C., George Borrow and his circle, Boston and New York, Houghton Mifflin Company, sin fecha.
MORGADO  GARCÍA, A.,  La Diócesis de Cádiz de Trento a la desamortización, Cádiz, Servicio de Publicaciones de la Universidad de Cádiz, 2008.
QUERO MORENO, J. M.,  El Protestantismo en la renovación del sistema educativo de España. Tesis doctoral dirigida por Juan Bautista Vilar, Madrid, Universidad Complutense, Facultad de Filología, 2008.
RULE, W. H., Memoir of a mission to Gibraltar and Spain. London, John Mason, 1842, pp. 191-348.
VILAR, J, B., Intolerancia y libertad religiosa en la España Contemporánea. Los orígenes del protestantismo español actual, Madrid, Istmo, 1994.


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sábado, 28 de septiembre de 2019

Fray Félix y la circular de Sagasta sobre cementerios.


El 15 de noviembre de 1870, los presbiterianos de Cádiz —a cuyo frente estaba el pastor Abraham Ben Ollier— solicitaron al Ayuntamiento una zona segregada del cementerio municipal o un cementerio de nueva planta. El Obispado solo intervino en la cuestión, al principio de forma moderada, meses después, cuando el gobernador eclesiástico supo el 2 de marzo de 1871 que un protestante había sido enterrado en el cementerio municipal. 

ABRAHAM BEN OLLIER

Pero la publicación de la circular del ministro de Gracia y Justicia, Práxedes Mateo Sagasta de 16 de julio de 1871, obligando a los Municipios a habilitar lugares dentro de los cementerios municipales para enterrar a aquellos que no hubiesen profesado la religión católica,  provocaría las reticencias de la autoridad municipal y, sobre todo, una reacción airada de fray Félix, el obispo de Cádiz. 

SAGASTA

          La coalición municipal del unionista Juan  Valverde y el progresista José María del Toro, que dirigieron sucesivamente el Ayuntamiento gaditano por estas fechas,  siempre trató de mantener un equilibrio entre el respeto a la normativa secularizadora surgida de los distintos Gabinetes y las buenas relaciones con el Obispado. En esto pudo influir el hecho de que la orientación política del Consistorio era menos avanzada que la de buena parte de los Gobiernos con los que coincidió temporalmente. Basta recordar que el Ayuntamiento gaditano tenía un número significativo de unionistas antidinásticos —es decir, contrarios al rey don Amadeo— y un exigua minoría de progresistas avanzados, no contando con ningún miembro del partido Demócrata. Estas diferencias ideológicas pueden explicar por qué las relaciones del Municipio de Cádiz con el Obispado eran mejores a las que mantuvo este último con los diferentes Gobiernos del reinado de Amadeo I.

El 23 de agosto de 1871 el obispo gaditano se unió al arzobispo y demás sufragáneos de la Archidiócesis de Sevilla en una protesta al ministro de Gracia y Justicia, pidiéndole que la real orden y circular de 16 de julio sobre uso de los cementerios municipales fuese revocada[1]. Los prelados se quejaban, entre otras cosas, de no haber recibido una comunicación oficial de los gobernadores civiles acerca de la circular. Desde el punto de vista del arzobispo y obispos de la provincia eclesiástica de Sevilla, la disposición vulneraba el derecho de propiedad de la Iglesia católica; pero esto no era cierto en todos los casos, ni mucho menos: Algunos cementerios municipales eran propiedad de la Iglesia; sin embargo, otros muchos, como el de Cádiz, pertenecían a los respectivos Municipios. En todo caso, la reclamación puntualizaba que los cementerios no pertenecían “al comercio de los hombres” porque eran lugares bendecidos y por tanto destinados solo para enterrar a los católicos. Esto es: aunque la propiedad de los cementerios fuese municipal, esto no cambiaba su consagración como católicos.


FRAY FÉLIX, OBISPO DE CÁDIZ

Para reforzar esta afirmación, los reclamantes acudían a la ley de 29 de abril de 1855, que ordenaba que, en las localidades donde fuese necesario, se construyeran cementerios para enterrar a los que murieran fuera de la religión católica, y a la real orden de 18 de marzo de 1861, que declaraba el derecho de propiedad y la jurisdicción de la Iglesia sobre los cementerios católicos. Pero parecían olvidarse de loo dispuesto en la posterior la ley municipal de 21 de octubre de 1868, que daba plena potestad a los Ayuntamientos sobre la administración y conservación de los cementerios. Ciertamente, la circular de Sagasta ordenaba que los entierros de los que no eran católicos se realizaran dentro de los cementerios católicos y no que se construyeran nuevos cementerios independientes, como determinaba la real orden de 1855. Pero es obvio que una real orden dada en 1871, seguida por una circular para hacerla efectiva, podía modificar otra anterior. Por eso, los prelados defendían que la nueva disposición se aprobaba “contraviniendo lo que los sagrados cánones tienen establecido”, tratando con ello de hacer prevalecer las leyes eclesiásticas sobre las civiles.

Por otra parte, los prelados creían que la real orden que se acababa de promulgar contradecía “la letra y el espíritu de la ley fundamental por la que hoy se rige la Nación”. No tenían dificultad en esta ocasión de acudir a la norma constitucional que se habían negado a jurar, para tratar de conseguir que el Gobierno rectificase, apoyándose en la libertad religiosa y en el sufragio universal. En la circular se afirmaba que su pretensión era llevar a la práctica el privilegio consignado en el artículo veintiuno de la Constitución, por el que se garantizaba a todo ciudadano el libre ejercicio de su religión, pero los obispos opinaban que el entierro de los que no eran católicos en sus cementerios conculcaba la libertad religiosa de los católicos y entendían que la real orden en la que se apoyaba la circular de Sagasta lo que hacía era “secularizar los cementerios católicos sin esperar a que las Cortes lo decreten”. Si la soberanía residía fundamentalmente en la Nación —expresaban los prelados—, el ministro debía “haber estado inspirado por ella al redactar la circular, y haber atendido a la voluntad del mayor número, según la doctrina de los autores de la ley fundamental”.

El 25 de julio de 1871 —poco después de la promulgación de la circular de Sagasta—, Ruiz Zorrilla, recién designado para suceder a Serrano como  presidente del Consejo de ministros, había asegurado en las Cortes que no deseaba herir los sentimientos de un pueblo eminentemente católico como el español. Era injusto, en su opinión, afirmar que los Gobiernos liberales deseaban “estar en malas relaciones con el clero y mucho menos tenerlas interrumpidas con la corte Romana”. El arzobispo de Sevilla y sus sufragáneos, decían en su reclamación que para dar crédito a esas afirmaciones, necesitaban que el Gobierno prohibiera “con leyes severísimas las inhumaciones de sus cementerios de cadáveres de sujetos muertos fuera de su religión”. La inmensa mayoría de los ciudadanos de sus Diócesis se resistía a que se enterrasen en los cementerios municipales los cadáveres de “sujetos muertos siendo enemigos declarados de su religión o cuando menos profesando otras creencias”. Eran numerosos, según afirmaban, los ejemplos recientes que se podían citar de intentos de hacerlo desde antes de la circular de 16 de julio, que habían provocado la indignación de los católicos, cuyas familias se negaban a inhumar sus cadáveres en el mismo lugar que los sectarios si no eran desenterrados estos, lo cual, según los prelados, no constituía  una “conducta de intolerante superstición”, sino, por el contrario “una actitud digna y justa”.

Todos los Gobiernos de Europa —decían el arzobispo y sufragáneos de Sevilla—, estaban alarmados por el “incremento y rapidez con que se difunden ciertas ideas (...) que necesariamente causarían el exterminio de la sociedad”. Los prelados, defendían que su sagrado ministerio no les eximía, sino arraigaba “un profundo amor a la patria y a la humanidad entera”, pues eran “los primeros en participar”  en las cuestiones que afectaban a la sociedad. Por ello, estudiaban “el origen, el desarrollo, los medios y los fines de tan deletéreas doctrinas”, resultando de sus investigaciones que dichas doctrinas nacieron en los pueblos paganos”, y que no se podían “aclimatar y prosperar sino en los que se alejan del conocimiento y servicio del verdadero Dios”.

El Gobierno, llevado por su alta misión, tenía “no solamente interés, sino obligación de evitar a nuestra querida patria el cataclismo que la amaga”. Era preciso que “una verdadera protección a la Iglesia” fuera “la primera y fundamental medida” y el éxito de este intento era indudable, dado que el pueblo español era eminentemente católico. Todo lo que no fuera eso, podría “contener por algún tiempo el progreso de la gangrena”, pero no podría “extirpar el cáncer que corroe el corazón de la sociedad”. Para que esa protección se llevase a efecto era necesaria la aplicación de una “verdadera libertad”, que consistía en la facultad de obrar con sujeción a las leyes que, siendo canónicas o civiles, declaraban “la santidad, inviolabilidad y propiedad de la Iglesia en sus cementerios”.

Como se puede ver, la posición de los prelados firmantes, y con ella la de fray Félix, era inamovible. Exigían el cumplimiento de leyes pasadas cuando protegían los intereses de la Iglesia, con el mismo interés con el que denostaban las que no los beneficiaban. Era cierto que buena parte de los cementerios municipales era propiedad de las respectivas Diócesis, pero no admitían que otra parte no lo era. Atacaban al liberalismo, como doctrina peligrosa que causaría la destrucción de la sociedad y solo reconocían una libertad “verdadera”, consistente en obrar según las leyes que protegían a la Iglesia católica.

Pero es indudable que llevaban razón cuando afirmaban que todos los cementerios municipales estaban consagrados como católicos. Muchos Ayuntamientos habían incumplido la ley de 1855 que les obligaban a construir cementerios en los que enterrar dignamente a los que no eran católicos, entre ellos el de Cádiz. Si lo hubieran hecho, tal vez no se habría llegado a la situación actual. Las reclamaciones de los protestantes gaditanos tras la promulgación de la Constitución, relativas a la cuestión del uso de los cementerios, así como  las resistencias municipales que se han observado en el caso de Cádiz, no eran una excepción, pues se estaban produciendo en otras localidades, y cada vez con mayor frecuencia. Esto había obligado al Gobierno a tomar una medida “provisional”, que chocaba frontalmente con los sentimientos religiosos de la mayor parte de los católicos. El Ayuntamiento gaditano coincidía en cierto modo con las apreciaciones del arzobispo y sufragáneos de Sevilla sobre la circular de 16 de julio, pues, aunque había habilitado un lugar para enterrar a todos lo que no eran católicos, no consintió en hacerlo en el interior del cementerio municipal.
FACHADA DEL CEMENTERIO MUNICIPAL DE CÁDIZ

Después de haber enviado el escrito de protesta junto a los demás prelados de la provincia eclesiástica de Sevilla, fray Félix tomó unas medidas muy drásticas, debidas probablemente a un fuerte escrúpulo o celo  religioso que le llevaba al convencimiento de que enterrar a un protestante en cualquier cementerio católico lo contaminaba y convertía en un lugar que dejaba de ser santo. El día 11 de septiembre escribió a todos los párrocos de la Diócesis para darles instrucciones al respecto. Les adjuntaba copia de la protesta al ministro de Gracia y Justicia  contra la circular de 16 de julio, que, según aclaraba fray Félix, prevenía “la formación de una cerca o separación dentro de los muros del terreno bendito para depositar en él los restos de los judíos, moros, apóstatas, herejes, antropófagos, etc.”. El prelado ordenaba a los párrocos que leyesen la protesta a los fieles en la Misa Mayor del siguiente día festivo y por la noche del mismo día, poniendo a los asistentes al corriente de las prevenciones que se agregaban y ya habían sido tomadas por otros obispos.

Advertía que si un cementerio municipal pertenecía a la Iglesia  no se debían entregar las llaves ni hacer nada que significase conformidad con la circular. Si el cementerio era de propiedad municipal, los curas debían hacer valer “ante la autoridad local los derechos sacratísimos de la Iglesia católica”, que eran a la vez “los de sus hijos, hollados y conculcados ruda e implacablemente”, cuando se enterraba en ellos a los que no eran católicos. Añadía el obispo que se tenía más consideración con los derechos de los católicos en los países protestantes, “y aun en las costas que tenemos enfrente, que en la nación que fue católica desde los tiempos de Recaredo”. Lo que estaba sucediendo era un “ultraje a las cenizas de nuestros mayores, que se conmueven y agitan en sus sepulcros y claman ante el trono de Dios por que se abrevien los días de esta mezcla injuriosa”.

Si la autoridad municipal forzaba la ley canónica “introduciendo en el cementerio el cadáver de un sectario o pecador impenitente”, el lugar quedaba, decía, “en el acto profanado y entredicho, y cuantos toman parte en él quedan incursos en las censuras de la Iglesia”. En este caso, el cura correspondiente debía retirar “del lugar profanado las cruces e imágenes que existieran” y si hubiera capilla debía incomunicarla del cementerio. Si la capilla estaba dentro del camposanto, debía “retirar las aras de los altares, las imágenes y pinturas dejando el paraje solo con las paredes”. A partir de ese momento, no debía enterrarse a los católicos en esos “lugares profanados”, por lo que no se debía asistir con la cruz ni el clero parroquial a la conducción al cementerio, “ni aun caminar con dirección al mismo sino hasta larga distancia”. Es decir la cruz y los sacerdotes acompañarían los cadáveres de los católicos hasta una distancia del cementerio y a partir de ahí abandonarían la comitiva. La disposición del prelado gaditano llegaba tan lejos como para ordenar que, a partir de su publicación, los párrocos que estuvieran en el caso de haberse practicado entierros de no católicos en los cementerios de sus localidades, procedieran con las limosnas de los fieles o con los medios disponibles, a “formar otro cementerio en que pueda la Iglesia depositar en paz los restos de sus hijos”[2].

De haberse llevado adelante lo ordenado por fray Félix, y de haber obedecido todos los Ayuntamientos de la Diócesis la circular de Sagasta, las instrucciones del prelado habrían facilitado una secularización de los cementerios católicos propiciada, indirectamente, por los representantes de la Iglesia, al retirarse por orden suya las cruces y demás signos y no volver a entrar un sacerdote en dichos recintos. Pero, al menos en el cementerio municipal de Cádiz, no ocurrió así, pues, como se ha comprobado, ya se habían practicado entierros de protestantes y no por ello se retiró signo católico alguno a partir de las instrucciones del obispo.

La resistencia de fray Félix y sus instrucciones a los párrocos llevaron al gobernador civil a publicar una circular el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, previniendo a los alcaldes que, “no obstante las prevenciones del Ilmo. Sr. obispo”, hicieran “cumplir bajo su más estrecha responsabilidad” la real orden y circular de 16 de julio. El gobernador recordaba que los cadáveres debían enterrarse dentro de los cementerios municipales, pero el Municipio gaditano se mantuvo firme con su decisión de establecer una cerca “provisional” fuera de su  cementerio.

Los católicos gaditanos más favorables a las ideas de fray Félix apoyaron desde la prensa conservadora sus instrucciones sobre el enterramiento de no católicos en los cementerios municipales, compartiendo su opinión de que esta circunstancia obligaba a retirar de ellos los signos de la religión católica e impedía el entierro de sus fieles, al quedar estos lugares en profanados. El Comercio defendía que, independientemente de la propiedad de los cementerios, la autoridad exclusiva en materia de entierros católicos era el obispo. Si este había consignado que los cementerios dejaban de tener carácter sagrado desde el momento en que se enterrase un sectario o enemigo de la Iglesia católica,  era una decisión que no se podía discutir. De esa manera, la circular del día 16 de julio hacía que los católicos se vieran obligados, según el periódico, a ser enterrados “como se entierra un perro”[3], apreciación que nunca hizo sobre los protestantes que se enterraban en la playa.

 En Cádiz, a pesar de haberse inhumado algunos protestantes por imposición del juez de Santa Cruz, no se cumplieron las instrucciones del obispo. Ya se ha dicho que no se retiraron los signos de la religión católica; tampoco se dejó de enterrar a sus fieles. Como las inhumaciones de protestantes habían tenido lugar antes de la circular de Sagasta, y desde abril de 1871 el alcalde Valverde había habilitado un lugar “provisional” para herejes y ateos fuera del cementerio municipal, parece que la autoridad eclesiástica no se dio por enterada de que el cementerio había sido “profanado”.





[1]  Inserta en El Comercio, núms. 9978 y 9979, 20 y 21 de septiembre de 1871.
[2]  Publicado en El Comercio, núm. 9977, 19 de septiembre de 1871.
[3]  Ibídem, núm. 9988, 30 de septiembre de 1871.


VÉASE MI ARTÍCULO (PDF):
http://e-spacio.uned.es/fez/eserv/bibliuned:ETFSerieV-2012-24-6065/Documento.pdf

martes, 7 de junio de 2016

Los republicanos de Cádiz y su actitud hacia los protestantes en 1869


Si la reacción de la autoridad eclesiástica gaditana hacia los protestantes durante el Sexenio Democrático español (1868-1874) fue coherente con el rechazo generalizado del Clero católico a la libertad de cultos, la de la autoridad municipal no siempre siguió la línea que se podía esperar, como parte integrante que era de la revolución.

Las corporaciones municipales de Cádiz se mostraron poco favorables a permitir las ventajas que se desprendían de la Constitución de 1869 para los no católicos, pudiéndose comprobar a veces que la proclamación de la libertad de cultos en la Constitución de 1869 obedecía más a una decisión política, necesaria, que a la existencia de un ambiente general de tolerancia religiosa. A pesar de que la Constitución garantizaba el derecho de todos a mostrar públicamente su fe, los protestantes siguieron teniendo algunas dificultades para poder hacerlo.
ARTÍCULO 21 DE LA CONSTITUCIÓN DE 1869
Esta actitud de rechazo hacia los evangélicos no solo se produjo en los progresistas y unionistas locales, que seguían los dictados políticos de un Gobierno, sino también, con otra intensidad, en los republicanos .
Como ejemplo, se puede traer aquí el relato de un acontecimiento ocurrido prácticamente al tiempo que se aprobaba la Constitución. El 5 de julio de 1869, recién aprobada dicha norma, el alcalde republicano de Cádiz, Rafael Guillén Estévez, recibió del gobernador eclesiástico una protesta por un enterramiento de un protestante, cuyo cadáver se había “mostrado públicamente” por el paseo de Extramuros. Según la Constitución recién aprobada, no debía haberse admitido la protesta, pues los protestantes ya no tenían necesidad de hacer los traslados de sus cadáveres de noche y a escondidas. Sin embargo, la respuesta del alcalde se mostró, a primera vista,   muy comprensiva con la Diócesis:

“Con pena he sabido este hecho, que le noticia el cura ecónomo de San José y para que no se repita este abuso, prevengo en el día de hoy al pedáneo de Extramuros prohíba el tránsito de cadáveres por el paseo, redoblando su vigilancia y la de mis delegados a quienes exigiré la responsabilidad si infringen las disposiciones que el Municipio tiene acordadas sobre el particular de que me ocupo”[1]. (La negrita es mía)

La conducción del cortejo fúnebre por el paseo de Extramuros, con toda probabilidad en dirección al cementerio inglés situado entre la Iglesia de San José y la Segunda Aguada, debía haberse considerado un hecho normal tras haberse decretado recientemente por la Constitución el derecho de cada cual a manifestar su religión públicamente. Pero esto no resultó ser así en la práctica.

IMAGEN ANTIGUA DEL PASEO DE EXTRAMUROS DE CÁDIZ
Resulta, aparentemente,  contradictoria la reacción del Ayuntamiento republicano, que iba a demostrar en otras ocasiones su intención de imponer en la ciudad un laicismo mucho más rotundo del que determinaba la Constitución. Conviene aclarar, con todo,  que el  Ayuntamiento de Guillén fue siempre muy tolerante a la hora de permitir manifestaciones religiosas católicas tradicionales, como la procesión del Corpus Christie o las de Semana Santa, aunque no participase en ellas. Y esto puede hacer pensar que, incluso entre los republicanos, o al menos entre los más templados, como lo era el alcalde  Rafael Guillén[2], había un rechazo, tal vez inconsciente,  hacia los protestantes.
Tal vez la clave está en la frase que he puesto en negrita. Nótese que la esta no se refiere a los cadáveres de los protestantes, sino a todos los cadáveres en general. De esta forma, parece muy probable que lo que el alcalde republicano Guillén hizo fue aprovechar la protesta del gobernador eclesiástico para prohibir que los desfiles funerarios pasasen por la calle principal que va hacia ambos cementerios, municipal y anglicano. De esta manera, lo que se había era restringir indirectamente el culto público en general, pues hacerlo directamente era ponerse explícitamente en contra de la norma constitucional.




[1] Archivo Histórico de la Diócesis de Cádiz, legajo 174, Oficio del alcalde al gobernador eclesiástico, 8 de julio de 1869.
[2] Guillén era católico. Al menos así se declaraba en julio de 1872 cuando, siendo concejal de un Ayuntamiento de mayoría radical y minoría republicana, se oponía a la celebración de un tedéum en la catedral de Cádiz, a raíz del atentado reciente contra el rey D. Amadeo, afirmando que todos los concejales eran católicos, aunque “el ente moral Ayuntamiento no debía profesar ninguna religión”. Archivo Municipal de Cádiz, Actas Capitulares, 23 de julio de 1872, núm. 8, punto 17.

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